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Ordenan no cobrar datos de nómina

DE NO DARSE A CONOCER, EL AYUNTAMIENTO SERÁ SANCIONADO

Revocan. El Consejo del IDAIP revocó respuesta del Ayuntamiento y ordenó apegarse a la Ley.

Revocan. El Consejo del IDAIP revocó respuesta del Ayuntamiento y ordenó apegarse a la Ley.

DIANA GONZÁLEZ

El Consejo General del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales resolvió por unanimidad de votos de los consejeros ordenar al Ayuntamiento de Lerdo entregar gratuitamente la nómina municipal a El Siglo de Torreón, luego que la administración municipal que preside el alcalde Luis de Villa Barrera pretendiera cobrar injustificadamente casi 52 mil pesos por ella.

De lo contrario se le impondrá al Ayuntamiento una multa equivalente a 50 días de salario mínimo general en el estado de Durango.

Y es que a cambio de entregar su nómina municipal, el Ayuntamiento solicitaba el pago de derechos por servicios de certificación de copias -no solicitados por El Siglo de Torreón- y que pretendía cobrar a razón de tres salarios mínimos por copia siendo de 63.77 pesos el salario mínimo vigente. Lo anterior arrojaba un costo de 51 mil 663 pesos por 270 hojas que integran la nómina del municipio de Lerdo.

Ante ello, este medio solicitó recursos de revisión y una vez terminado este análisis, la respuesta del Ayuntamiento fue considerada por el Consejo General como "seriamente incomprensible y contradictoria... esto aunado al hecho del cobro excesivo que el Ayuntamiento del municipio de Lerdo por conducto del jefe de Transparencia y Acceso a la Información Pública pretende hacer a la solicitante", cita la resolución del Consejo que además considera que fue transgredida la Ley en la materia porque en la interpretación de la misma deben privilegiarse los principios de máxima publicidad, oportunidad y transparencia y no los fines recaudatorios.

El Consejo ordenó a José Francisco Torres Ibarra, jefe del Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Lerdo, entregar la información vía correo electrónico y se le conminó a usar la prórroga cuando ésta verdaderamente se justifique.

También se hace de su conocimiento que son causas de responsabilidad administrativa actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de acceso a la información, así como no dar respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos previstos por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.

Antecedente

Desde el 28 de octubre de 2014, El Siglo solicitó vía Infomex (que es el sistema electrónico vigente para tal efecto) copia de la nómina municipal completa incluido nombre, puesto, salario (total de percepciones, total de deducciones y sueldo neto), así como código y departamento, dirección o área de la administración municipal a la que pertenecen quienes integran la nómina municipal de Lerdo.

El Ayuntamiento no sólo no contestó antes del 20 de noviembre -como era el tiempo estimado según lo marca la Ley- sino que solicitó una prórroga por 10 días hábiles que venció y nuevamente no contestó en el tiempo que debía.

Contestó el 11 de diciembre accediendo a entregarla pero solicitando el previo pago de derechos, ante lo cual El Siglo de Torreón pidió ante el IDAIP un recurso de revisión que fue admitido.

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