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Fijarán controles al ahorro en base al dinero que ingresa

Niveles. Banxico ordenará a los bancos hacer una clasificación de las cuentas de ahorro que maneja en base al flujo de dinero que ingresa.

Niveles. Banxico ordenará a los bancos hacer una clasificación de las cuentas de ahorro que maneja en base al flujo de dinero que ingresa.

EL UNIVERSAL

El Banco de México ordenará a las instituciones bancarias a hacer una clasificación de las cuentas de ahorro en cuatro niveles que dependerán del monto y del flujo de dinero ingresado cada mes.

De acuerdo con las disposiciones que entrarán en vigor el 15 de agosto, para las cuentas con depósitos de baja cuantía, se pondrán límites a las transacciones y un tope mensual del dinero que puede depositarse en la cuenta de ahorro.

Para el nivel 1, la suma de los abonos en el transcurso de un mes no podrá exceder el equivalente en moneda nacional a 750 Unidades de Inversión -3 mil 412 pesos-.

En ningún momento, el saldo de las cuentas bancarias podrá exceder al equivalente en moneda nacional a mil Udis: -4 mil 550 pesos.

En las cuentas del nivel 2, la suma de los abonos en un mes no podrá ser mayor a 3 mil Udis -13 mil 650 pesos-, mientras que en el nivel 3, no podrá ser mayor al equivalente a 10 mil Udis -45 mil 550 pesos-.

El Banxico aclaró que en el rango 2, las instituciones podrán recibir depósitos adicionales hasta por el equivalente en moneda nacional a 6 mil Udis, siempre que el origen de los recursos provenga de subsidios relativos a programas gubernamentales de apoyo a determinados sectores de la población.

En las cuentas que se ubican en el nivel 4, el abono no tendrá límite, salvo que, en su caso, las entidades pacten alguno con sus clientes.

Los intermediarios podrán abrir cuentas de la clasificación 1 y 2 sólo a personas físicas, mientras que de los niveles 3 y 4 podrán aperturarse a personas físicas y morales.

Como parte de los lineamientos, los clientes cuyas cuentas estén en el rango 1, podrán disponer de sus recursos a través de las cuentas de débito y en ventanilla, pero no se podrá disponer mediante teléfonos móviles o dispositivos electrónicos.

En los casos 2,3 y 4, se accederá al capital a través de los medios que las instituciones determinen, tales como transferencias electrónicas de fondos, que incluye el servicio de domiciliación, y tarjetas de débito.

Para el rango 4 se podrán autorizar retiros mediante el libramiento de cheques.

De los rangos 1 al 4, las tarjetas de débito podrán utilizarse para disponer efectivo en las sucursales, en cajeros, a través de comisionistas bancarios, así como en negocios afiliados, y pagar bienes, servicios, créditos, impuestos, así como para realizar otros pagos que los intermediarios permitan a sus clientes.

4 NIVELES

De ahorro manejarán los bancos de acuerdo al ingreso.

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