Las órdenes de arresto libradas contra un adulto de la cuarta edad o mayor de 80 años son violatorias de la dignidad de las personas e inconstitucionales, debido a la angustia emocional que implica a cualquier individuo ser detenido por policías y que se agrava en personas de edad avanzada.
Así resolvió el titular del Juzgado 6 de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región en San Andrés Cholula, Puebla, Carlos Alfredo Soto Morales, al resolver el juicio de amparo 42/2013.
En un juicio por herencia una persona solicitó que arrestaran a su madre, de más de 80 años; el juez civil que conoció del asunto giró la orden de arresto, pero la mujer promovió un juicio de amparo. En la sentencia de este último proceso se otorgó la protección de la justicia federal a la anciana, porque el concepto de dignidad humana permea todo el catálogo de derechos humanos previstos por la Carta Magna.
Soto Morales detalló que la edad avanzada es un parámetro que el juez constitucional debe tomar en consideración, al analizar cualquier acto de autoridad que es sometido a su jurisdicción.
En la sentencia se destacó el hecho de que la quejosa tiene más de ocho décadas años de edad y la orden de arresto por 12 horas habría de ejecutarse en su contra por autoridades policiales y compurgarse en un centro de detenciones administrativas del Distrito Federal.
En este caso el juez señaló que al igual que todos los ciudadanos, los adultos mayores deben de ser protegidos contra acciones que vulneren su dignidad, reconocida no sólo a nivel constitucional sino también por la Organización de Naciones Unidas.
El juzgado recordó que el organismo internacional señaló que las personas de edad deben recibir un trato digno, independientemente de su sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su contribución económica. Asimismo la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores establece que estos deben tener un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial que los involucre.
En la resolución de amparo se precisó que la protección a los adultos mayores tiene por objeto paliar una triste realidad nacional, que es el abandono o abuso que sufren de sus familiares y de la sociedad en general.