La Cámara de Diputados aprobó reformas para eliminar la posibilidad de que las personas acusadas de secuestro salgan libres bajo fianza, obligándolas a enfrentar el proceso judicial en prisión preventiva.
Además, precisa que aquellos plagiarios que habiendo liberado o coadyuvado a liberar a su víctima, y cuando ésta presente alguna lesión, recibirán entre nueve y 16 años de cárcel. Sin embargo, al ser liberados se les colocará un dispositivo electrónico de localización durante cinco años.
Ante el pleno, juristas de la talla de Jaime Cárdenas Gracia (PT), Humberto Benítez Treviño (PRI) y Arturo Santana (PRD) comentaron que, en efecto, se trata de una medida de excepción muy dura, pero en proporción al daño que causa el delito de privación ilegal de la libertad y que se aplica al enemigo común del Estado y la sociedad.
Se trata de adiciones a la Ley Antisecuestro, la cual entrará en vigor tan pronto la publique el Ejecutivo federal. Obtuvo 350 votos a favor, cinco abstenciones y cuatro en contra.
El Congreso introdujo ajustes de técnica legislativa en la Ley Antisecuestro, con lo que quitó un vicio de inconstitucionalidad e imprecisiones. Se especificó en la norma que un acusado de secuestro pasará el proceso en prisión preventiva, y que, sentenciado, la pena será de cárcel sin opción a interpretaciones y sin dejar vacíos.
En casos graves habrá penas de nueve a 16 años de prisión, y al delincuente se le colocará un dispositivo de localización y vigilancia. A esto el Congreso agregó que el monitoreo lo realizará "la autoridad policial hasta por los cinco años posteriores a su liberación".