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... Y entregan dictamen final

Dictamen. El TEPJF informó que los magistrados Flavio Galván (centro), Salvador Nava y Constancio Carrasco, integrantes de la Comisión especial del Trife, circularon al resto de sus homólogos el documento con la propuesta para resolver las inconformidades planteadas por la coalición Movimiento Progresista.

Dictamen. El TEPJF informó que los magistrados Flavio Galván (centro), Salvador Nava y Constancio Carrasco, integrantes de la Comisión especial del Trife, circularon al resto de sus homólogos el documento con la propuesta para resolver las inconformidades planteadas por la coalición Movimiento Progresista.

AGENCIAS

La Comisión Especial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó la versión final del proyecto de sentencia del juicio de inconformidad contra la elección presidencial promovido por la coalición Movimiento Progresista.

Los magistrados Flavio Galván, Salvador Nava y Constancio Carrasco circularon ayer el documento a sus homólogos para iniciar la fase de consideraciones jurídicas finales.

El documento no fue difundido públicamente, sólo se entregó a los magistrados para su análisis y estudio, toda vez que la ley establece que el 31 de agosto la Sala Superior del Tribunal Electoral debe resolver todos los juicios de inconformidad relacionadas con los comicios del 1 de julio.

Posteriormente el Tribunal tendrá hasta el 6 de septiembre para calificar la elección y declarar, o no, la validez del proceso.

En sesión pública, el órgano jurisdiccional aclaró ayer que cumplirá con los plazos que marca la legislación y emitirá una resolución definitiva antes del 6 de septiembre.

En ese sentido, rechazaron la petición del Movimiento Progresista de posponer la calificación de la elección hasta que se resuelvan las quejas sobre fiscalización en contra del priista Enrique Peña Nieto.

Galván, integrante de la comisión que elaboró el dictamen, sostuvo que no se pueden modificar los plazos "a capricho".

"Los plazos son adecuados, las autoridades administrativas y jurisdiccionales no podemos a capricho modificar estos plazos", dijo.

Agregó que los plazos que establecen la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para el conocimiento y resolución de los juicios de inconformidad motivados por la elección de Presidente y la calificación consecuente de esa elección son razonables, racionales y proporcionados a un calendario electoral.

"No puede servir de pretexto para su modificación el hecho de que la instalación de un Poder sea en una fecha y que la asunción al ejercicio del Poder Ejecutivo sea en otra fecha", sostuvo.

En tanto, Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente, recordó que la Constitución señala que las reglas regulan todo proceso electoral.

¿Qué alega el Movimiento Progresista?

⇒ La alianza izquierdista argumenta que el triunfo obtenido en los comicios del 1 de julio por el candidato presidencial del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Enrique Peña Nieto, debe ser invalidado porque su campaña estuvo "plagada de irregularidades".

⇒ Afirma, entre otras cosas, que Peña Nieto rebasó los topes legales a los gastos de campaña y que usó dinero de procedencia ilícita en sus actos proselitistas y en la "compra de millones de votos".

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Escrito en: Elecciones 2012

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