Las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos en la Cámara de Diputados aprobaron en lo general, y por unanimidad, la nueva Ley General en materia de trata de personas, en la que se establece un nuevo catálogo de sanciones para castigar toda la cadena del delito, desde el enganchador hasta el explotador y el usuario final de servicios sexuales o laborales de personas víctimas de trata.
"En México la trata de personas es esclavitud, en el pasado empresarios, políticos, personas del medio artístico (estaban) acostumbrados a comprar seres humanos, con esta ley se castiga toda la cadena de explotación desde el enganchador hasta el explotador final que también es un criminal", advirtió la diputada Rosi Orozco, presidenta de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas.
El dictamen aprobado en comisiones tendrá revisiones en lo particular, pero diputados de PRI, PAN, PRD, PT , Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza dieron su aval para que en breve sea avalado en el pleno camaral.
Hoy existe una Ley Federal en la materia, pero con la Ley General se distribuyen competencias entre las entidades federativas y el gobierno federal, todas las procuradurías y autoridades que intervengan en la persecución del delito, explicó el presidente de la Comisión de Justicia, Humberto Benítez Treviño.
De acuerdo a los cambios, ahora se castigará con penas más duras cuando las víctimas sean menores de edad y cuando policías o autoridades cometan o conozcan del delito y no hagan nada.
Se calcula, dijo el diputado Benítez, del PRI, que hay más de tres millones de personas afectadas por ese delito en México, "y las disposiciones actuales ya son insuficientes para prevenir y sancionar de manera ejemplar a quienes trafican con las personas".
El diputado panista Ezequiel Rétiz expuso por ejemplo que los castigos han sido mínimos pese a que en el país existe desde 2007 un marco jurídico de combate a ese tipo de crimen, y hay una ley federal, 14 estatales y 14 códigos penales locales en los que se tipifica, además de que México ha firmado instrumentos internacionales con el compromiso de abatir ese delito.
"En el país sólo se han sentenciado a cuatro personas en el fuero federal por este delito y a 9 del fuero común en el Distrito Federal", reveló.
Rétiz Gutiérrez desglosó el catálogo de sanciones que están previstos en el dictamen y se espera sea avalado por el pleno.
De acuerdo con el artículo 10 del dictamen al que enganche, transporte, transfiera, retenga o entregue a una persona dolosamente con fines de explotación se le impondrán de 5 a 15 años de prisión y de mil a 20 mil días de multa.
El artículo 11 establece que "al que someta a otra persona a una situación de esclavitud será sancionada con 15 a 30 años de prisión de mil a 20 mil días de multa.
En el artículo 12 se establece que al que someta a una persona a una situación de trata "será sancionado con cinco a 10 años de prisión".
En tanto, será sancionado con pena de 15 a 30 años de prisión al que se beneficie económicamente de la explotación de una persona sometiéndola para que realice actos sexuales contra su voluntad.
Otro castigo prevé de 10 a 15 años de prisión y de mil a 30 mil días de multa "al que se beneficie de obligar a una persona a que realice participe tolere o soporte actos sexuales para un tercero cuando los actos sexuales no sean aceptados libremente".