Resolución. Los ministros José Ramón Cossío y Arturo Zaldívar, durante la sesión de la Primera Sala de la SCJN que ordenó la inmediata libertad de 15 indígenas involucrados en el caso Acteal, que fueron sentenciados por homicidio, lesiones calificadas, portación de arma de fuego sin licencia y de uso exclusivo del Ejército.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata libertad de 15 indígenas involucrados en el caso Acteal, que fueron sentenciados por homicidio, lesiones calificadas, portación de arma de fuego sin licencia y de uso exclusivo del Ejército.
La decisión del órgano se dio luego que resolvió los recursos de reconocimientos de inocencia 42/2012 y 43/2012 que promovieron esas personas, sentenciadas por los hechos ocurridos el 22 de diciembre de 1997 en Acteal, municipio de Chenalhó, Chiapas.
A propuesta de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, avalada por los demás ministros, se ordenó la inmediata libertad a las 15 personas que promovieron los referidos recursos, en virtud que las pruebas mediante las cuales se le condenó tenían el carácter de ilícitas.
La Primera Sala determinó en su sesión pública que en este caso se actualiza el reconocimiento de inocencia, ya que después que se emitiera la sentencia aparecieron documentos públicos que invalidan las pruebas en que se fundó esa condena.
Tal es el caso de las resoluciones dictadas por esta Primera Sala en los juicios de amparo directos 8/2008, 9/2008, 10/2008 y 16/2008, ya que en ellos se hizo la declaración de pruebas ilícitas que les beneficia.
El estudio principal llevó a la conclusión de que al tomarse en cuenta probanzas ilícitas para condenarlos, se violaron sus derechos constitucionales al debido proceso, cuestión suficiente para declarar su inmediata libertad.
Los promoventes del incidente de reconocimiento de inocencia fueron condenados a una pena privativa de la libertad de 36 años, derivada de los hechos ocurridos en 1997.
Inconformes, los afectados promovieron recursos de apelación, amparos directos, recursos de revisión y, finalmente, los reconocimientos de inocencia ante el máximo tribunal del país.
El 22 de diciembre de 1997 un grupo armado asesinó a 45 indígenas tzotziles de la comunidad de Acteal, en su mayoría mujeres y niños integrantes de la organización indígena "Las Abejas".
Historia
A continuación un recuento:
⇒ 22 de diciembre. Presuntos paramilitares matan a 45 indígenas tzotziles de Acteal, Chiapas.
⇒ 26 de diciembre. Arrestan a 16 indígenas de Chenalhó, se les acusa de homicidio y asociación delictuosa.
⇒ 20 de diciembre. La PGR presenta concluye que los hechos violentos fueron por viejos enfrentamientos entre grupos de Chenalhó.
⇒ 13 de octubre. Sentencian a 35 años de prisión al alcalde de Chenalhó y a 23 indígenas purgarán el mismo tiempo por diversos delitos.
⇒ 21 noviembre. Juez dicta sentencia a 34 indígenas y absuelve a 6.
⇒ 8 enero. El Tribunal Unitario del 20 distrito admite el recurso de apelación de la PGR a la sentencia de liberación de 6 indígenas priistas involucrados y puestos en libertad. ⇒ 22 mayo. El fiscal especial saca del reclusorio El Amate a dos de los responsables confesos para buscar "las verdaderas armas" usadas el 22 de diciembre de 1997.
⇒ 23 agosto. Inicia la séptima revisión en casi 10 años de juicio para los detenidos.
⇒ 5 octubre. Un juez federal sentencia a 26 años de prisión a 34 personas.
⇒ 2 julio. La SCJN atrae el caso para revisar los amparos de los responsables de la masacre en Chiapas.
⇒ 9 de junio. La Corte aplaza el fallo de amparar a 57 indígenas sentenciados.
⇒ 14 de octubre. 15 tzotziles vinculados con el asesinato son liberados.
⇒ 21 de marzo. Tribunal reconoce la inocencia del tzotzil Juan Pérez.
⇒ 1 de febrero. La Corte ordena la libertad de siete tzotziles, quienes fueron sentenciados por el homicidio de otros 45 integrantes de la misma etnia. En noviembre otras 9 personas fueron liberadas por las mismas razones.
⇒ 26 de septiembre. La Primera Sala de la Suprema Corte ordena, por unanimidad de votos, la inmediata libertad de Manuel Santiz Pérez, acusado de participar en estos hechos.
⇒ 13 de marzo. La Primera Sala de la SCJN ordena la libertad inmediata de Marcos Arias Pérez, acusado de participar en la matanza.