Comida. En la imagen aparecen dulces, confites, bombones, chocolates, galletas y otros.
La industria de alimentos y bebidas no alcohólicas tendrá hasta un año para adecuar sus productos al nuevo etiquetado frontal nutrimental, de acuerdo a las nuevas reglas sobre etiquetado y publicidad que deberán seguir empresas y anunciantes publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Es así como los alimentos y bebidas no alcohólicas deberán exhibir un etiquetado frontal claro para los consumidores sobre las calorías que contiene cada producto, y en caso de que un producto reúna criterios nutricionales el productor podrá solicitar de manera voluntaria la inclusión de un sello nutricional otorgado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
En materia de publicidad de televisión y cine en audiencias infantiles queda restringida la promoción de productos poco nutritivos en un horario de las 14:30 horas a 19:30 horas, de lunes a viernes, y de 07:00 horas a 19:30 horas, los sábados y domingos.
De igual forma se estipula que los productos que no cumplan con los parámetros no podrán pautar durante la proyección de películas infantiles en salas.
Asimismo, solamente se podrá publicitar productos poco nutritivos durante la transmisión de telenovelas, deportes, noticieros y series, cuya clasificación oficial o de origen no se considere apta para menores de edad.