Voto. Recuerda el tribunal electoral que las mujeres indígenas tienen derecho a votar en los procesos electorales.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que las mujeres deben participar en condiciones de igualdad frente a los hombres en todas las etapas de los procesos electorales que se realicen bajo sistemas normativos indígenas.
Al emitir las Tesis XLIII/2014, el máximo organismo jurisdiccional en materia electoral estableció criterios encaminados a garantizar la participación efectiva de las mujeres en los pueblos y comunidades indígenas, donde se elige a las autoridades bajo sus propias normas.
En el texto se indica que el procedimiento electoral regido por el sistema normativo indígena, constituye una serie de actos sistematizados estrechamente vinculados y concatenados que son llevados a cabo por los ciudadanos de la comunidad y los órganos de autoridad competentes, con el fin de renovar a los integrantes del Ayuntamiento en elecciones libres, auténticas y periódicas.
Para considerar que la elección es constitucional y legalmente válida, en cada uno de los actos que la integran se deben observar, de manera eficaz y auténtica, las normas y principios establecidos para tal efecto tanto en la Constitución federal, como en los Tratados tuteladores de los derechos fundamentales suscritos por el Estado mexicano. Entre ellos, se encuentra el relativo a la participación de las mujeres en condiciones de igualdad frente a los hombres.
El rubro de la Tesis XLIII es "Sistema normativos indígenas. La elección regida por este sistema normativo constituye una unidad de actos en cada uno de los cuales se debe garantizar el respeto al principio de igualdad entre hombres y mujeres (Legislación de Oaxaca)".