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Panama Papers

Niegan bancos información al SAT por 'Panamá Papers'

El SAT investiga si recurrieron al retorno de capitales entre el periodo comprendido del 1 de enero del 2010 al 31 de diciembre de 2014.  (ARCHIVO)

El SAT investiga si recurrieron al retorno de capitales entre el periodo comprendido del 1 de enero del 2010 al 31 de diciembre de 2014. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

Derivado de la investigación del caso “Panamá Papers”, seis instituciones financieras se negaron a dar información al Servicio de Administración Tributaria (SAT), respecto de clientes que retornaron capitales entre 2010 y 2014 bajo el programa conocido como “pago anónimo”.

De acuerdo con el segundo informe de avances emitido por el SAT, se solicitó a 70 instituciones financieras y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) información con el fin de conocer si los sujetos realizaron pagos bajo dicho esquema que actualmente ya no está vigente.

El SAT investiga si recurrieron al retorno de capitales entre el periodo comprendido del 1 de enero del 2010 al 31 de diciembre de 2014.

Derivado de ello, 50 instituciones financieras indicaron que no tienen información en sus registros de operaciones realizadas por los sujetos; seis indicaron que no pueden proporcionar la información a la autoridad fiscal; ocho entregaron información de dos sujetos y otras seis aún no han dado respuesta.

Hace unos días especialistas que participaron en una mesa de debate organizada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, cuestionaron la forma en que procedió la autoridad fiscal respecto a las solicitudes del “pago anónimo” de sujetos mencionados en “Panamá Papers”, debido a que fue un derecho adquirido en su momento de guardar el anonimato del contribuyente que retornó capitales a nuestro país gozando de dicho beneficio.

Actualmente para el retorno de capitales de ganancias financieras obtenidas en el extranjero y que no pagaron el impuesto sobre la renta, pueden regularizar su situación con incentivos fiscales que aprobó el Congreso de la Unión y que consisten en la exención de las multas, recargos y actualizaciones.

Sin embargo para gozar de este beneficio su nombre es publicado en la página del SAT en la lista de contribuyentes que recibieron una condonación. Aparece su nombre, Registro Federal de Contribuyentes y el monto indultado.

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