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Vientres de alquiler

La regulación de la gestación subrogada en México

Foto: Archivo Siglo Nuevo

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Adriana Guadalupe Miranda

Ser padres pudiera ser el sueño de toda pareja o simplemente de una mujer, pero cuando ese sueño no se concreta de forma natural, la desesperación se hace presente y la búsqueda de opciones comienza.

No todo está perdido para cumplir el deseo de ser padres cuando hay alguna situación que le impide a la pareja reproducirse de forma natural. En la actualidad, existen una serie de procedimientos para lograr un embarazo, los cuales van desde una inseminación artificial, técnica que se considera sencilla ya que consiste en depositar una muestra de semen dentro de la cavidad uterina en el momento más adecuado, hasta una reproducción asistida, que es un poco más compleja, ya que se trata de una fecundación in vitro.

Aunque estos procedimientos se llevan a cabo por médicos especialistas en reproducción con frecuencia, existe la posibilidad de que no se logre un embarazo.

En estos casos aún se tienen dos opciones. La primera es la adopción y la segunda, un vientre o madre en alquiler. En países como Canadá, Brasil y Rusia solicitar un vientre subrogado está permitido, al igual que en México, aunque sólo en los estados de Tabasco y Sinaloa.

NUEVA INICIATIVA

Con el objetivo de extender esta posibilidad a todo el territorio nacional, los senadores aprobaron en abril de este año, una iniciativa de reforma de los artículos 61 Ter y 462 Ter de la Ley General de Salud para la regulación de la gestación subrogada.

En la iniciativa se explica que la gestación subrogada es la práctica médica que consiste en la transferencia de óvulos humanos fecundados en una mujer, producto de un espermatozoide y un óvulo de terceras personas. Recalca debe realizarse sin fines de lucro, habiendo un acuerdo entre las dos partes, permitiendo la compensación de gastos médicos y otros derivados del embarazo, parto, posparto y puerperio. Será la Secretaría de Salud la que regule esta práctica médica bajo las disposiciones jurídicas correspondientes, y sólo estará permitida bajo estricta indicación médica entre nacionales.

El documento contempla sanciones. Señala que se impondrán de seis a 17 años de prisión, y multa por el equivalente de ocho mil a diecisiete mil veces la unidad de medida y actualización a quien: obtenga el consentimiento de una mujer mediante el pago de una contraprestación, el uso de cualquier tipo de violencia, o aprovechándose de una situación de pobreza o ignorancia, para que se transfieran uno o más embriones a su útero y después del nacimiento, renuncie a los derechos y deberes que derivan de su maternidad, para entregar al o los menores a los contratantes o terceras personas. Así como a quien transfiera uno o más embriones al útero de una mujer que se haya sometido a dos embarazos previos por la misma técnica; al que realice este procedimiento para entregar al o los hijos resultantes a una persona extranjera; a quien promueva, favorezca, facilite, publicite o realice procedimientos de gestación subrogada con fines de lucro.

Además al contratante que omita cubrir los gastos de atención médica de la mujer gestante, derivados del procedimiento de gestación subrogada, incluyendo las etapas posparto y puerperio; y al contratante que abandone al o los menores resultantes del procedimiento; privándolo además de la patria potestad, y a quienes promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten la práctica de la gestación subrogada cuando sea ilícita.

En la presentación de la iniciativa, la senadora Martha Tagle García explicó que esta técnica es una alternativa para acceder a la paternidad, y esta reforma representa un paso que da garantías a las parejas que la utilizan. Sin embargo, señaló que aún existen pendientes y se tiene que seguir trabajando para que sea un derecho para todos, incluyendo a las parejas homoparentales.

El dictamen fue aprobado por 73 votos a favor y fue enviado a la Cámara de Diputados.

OPINIONES ENCONTRADAS

Actualmente el dictamen se encuentra en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, en donde se analiza.

El diputado federal José Refugio Sandoval Rodríguez considera que es una buena reforma la que se pretende realizar a la Ley General de Salud, la cual dará a los estados del país la posibilidad para todas aquellas parejas que por diversas circunstancias no pueden tener hijos propios, la oportunidad de tenerlos.

“México tenía que ponerse al día, hay muchos países de primer mundo que ya lo permiten, lo va a regular, obviamente esto es sin fines de lucro, pero es importante que quede establecida”.

Durante el análisis, el legislador recalcó que es necesario tomar en cuenta experiencias y opiniones de expertos en el tema antes de hacer un dictamen.

Para evitar que esta práctica se convierta en un negocio, será necesario establecer 'candados'. A diferencia de la senadora Martha Tagle García, para el legislador coahuilense, las parejas del mismo sexo (homoparentales) quedarán excluidas, ya que sólo se permitirán bajo una estricta orden médica, en la que se compruebe que las causas son por infertilidad de la pareja, entendiéndose únicamente hombre-mujer.

La propuesta de reforma que presenta el Senado se analizará en los siguientes meses. De acuerdo con el diputado, existe una alta probabilidad de que también se apruebe en la Cámara de Diputados.

Yezka Garza, titular de la Procuraduría para los Niños, las Niñas y la Familia (Pronnif) en Coahuila, recordó que dentro del primer proyecto de Ley de la Familia se contemplaba el tema de la maternidad subrogada, el cual quedó desechado tras una recomendación emitida por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Fue en el encuentro de los Comités de las Naciones Unidas, en la que el gobernador Rubén Moreira Valdez encabezó la delegación Mexicana en Ginebra, Suiza, que se hizo una observación expresa al estado de Tabasco, entidad donde “los vientres en renta” no se encontraba regulado, ya que desde hacen casi dos décadas, se llevaba a cabo esta práctica.

Dentro de los candados que se aplicaron en el tema de reproducción asistida, está la prohibición de que extranjeros participen en la renta o alquiler de vientres en la entidad, así como la operación de empresas como intermediarias entre la madre sustituto y la contratante.

También se determinó que la gestación subrogada, puede ser contratada sólo por mexicanos, que por su imposibilidad física o contraindicación médica prescrita a una mujer no puedan tener hijos. Y es la Secretaría de Salud la que se encarga de su supervisión.

De aprobarse la iniciativa del Senado, la titular de la Pronnif dijo que son necesarios una serie de consideraciones, como la situación jurídica del embrión, así como el que no exista una retribución para la madre que 'rentará' su vientre, así como de dónde se tomarán los espermas u óvulos, etcétera.

Además consideró que en su momento será necesario que se le brinde a todos los estados la capacitación necesaria, tanto en el tema del sector salud y el legal para que la puedan ir homologando.

Twitter: @adrianitamh

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