Registro. El nombre propio será puesto libremente por quien registre el nacimiento de una niña o niño y los apellidos serán uno de cada uno de los padres. (EL SIGLO DE TORREÓN)
El Congreso del Estado aprobó la reforma de los artículos 18, 20 y 23, de la Ley para la Familia de Coahuila, a fin de prohibir que los nombres propios se repitan entre hermanos.
Respecto al artículo 18, se indica que el nombre propio será puesto libremente por quien registre el nacimiento de una niña o niño y los apellidos serán uno de cada uno de los padres, pero en el caso de ser varios hijas o hijos nacidos de la misma pareja, no podrá imponérseles el mismo nombre propio.
En el artículo 20 se establece que los padres acordarán el orden de los apellidos, en caso de desacuerdo, el o la oficial del Registro Civil elegirá el orden. Se tomará en cuenta los apellidos propuestos por cada uno de los padres, el que corresponda por orden alfabético o, en su caso, por sorteo.
En la reforma del artículo 23 se indica que si el reconocimiento se hace sólo por uno de los padres se asentarán los apellidos de éste.
"Con esta reforma no solamente se busca la protección al derecho humano de cualquier persona a gozar de un nombre, sino también de los derechos a la igualdad y a la no discriminación, reconocidos por los instrumentos internacionales, así como la legislación federal y estatal", indica la diputada priista, Martha Garay en su dictamen.
Detalle
¿Cómo funcionará?
⇒ Los padres acordarán el orden de los apellidos, en caso de desacuerdo, el o la oficial del Registro Civil elegirá el orden.
⇒ Se tomará en cuenta los apellidos propuestos por cada uno de los padres, el que corresponda por orden alfabético o, en su caso, por sorteo.