Acredita. Corte considera constitucional la réplica en caso de noticias falsas. (AGENCIAS)
La Suprema Corte de México acreditó ayer el derecho de réplica en noticias falsas o inexactas al revisar las acciones de inconstitucionalidad promovidas por dos partidos políticos y la CNDH.
El pleno de la Corte consideró constitucional que la réplica esté limitada a las noticias inexactas o falsas, excluyendo la información "cierta pero que es agravante", dijo el ministro Javier Laynes.
Los izquierdistas Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), así como la CNDH, plantearon a la Corte la invalidez de varios artículos de la ley reglamentaria del artículo 6 constitucional sobre derecho de réplica.
El ministro precisó que cuando se discutió originalmente este tema, la mayoría del pleno de la Corte "llegó a la conclusión de que tal limitación sí es constitucional".
"La naturaleza del derecho de réplica no es encontrar la verdad sobre la información publicada; en todo caso, no hay una decisión sobre quién tiene la razón en cuanto a la veracidad de lo publicado", argumentó.
Con base en este concepto, la Corte consideró infundada la invalidez promovida por los partidos políticos y reconoció la validez de los artículos impugnados en su porción normativa que dice "inexacta o falsa".
La Corte resolvió que los partidos políticos y los candidatos a cargos de elección "podrán ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falta que difundan los medios de comunicación".
La Corte dejó en suspenso la parte del proyecto que señala que las personas tienen que demostrar la falsedad o la inexactitud de una información divulgada en medios y comprobar el perjuicio que les haya ocasionado.