Los indígenas demandaron ante el juez décimo primero de Distrito en el Estado de Oaxaca a los legisladores del estado por violar su derecho humano a ser incluidos en las decisiones 'gubernativas en virtud de que no ha creado la Ley de Consulta lo que les impide tener un mecanismo legal para autorizar o desautorizar proyectos mineros, ambientales, forestales', entre otras. (ARCHIVO)
El juez del Poder Judicial de la Federación, José Luis Evaristo Villegas, otorgó un amparo a tres personas indígenas de Oaxaca y ordenó a los diputados locales del Congreso del Estado a crear la Ley de Consulta Previa, Libre, Informada y de Buena Fe para los pueblos y comunidades indígenas.
Los indígenas demandaron ante el juez décimo primero de Distrito en el Estado de Oaxaca a los legisladores del estado por violar su derecho humano a ser incluidos en las decisiones "gubernativas en virtud de que no ha creado la Ley de Consulta lo que les impide tener un mecanismo legal para autorizar o desautorizar proyectos mineros, ambientales, forestales", entre otras.
Entre sus argumentos, destacaron que desde hace 16 años la Constitución y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ordena a los diputados oaxaqueños a crear la ley de consulta previa, pero los diputados no ha tenido voluntad de crear la ley.
El 11 de mayo de 2018, el juez federal otorgó la razón a los quejosos e hizo notar que la creación de la ley de consulta es un deber que el legislador oaxaqueño ha omitido desde el 14 de agosto de 2001, fecha en que fue publicada la reforma constitucional indígena.
El abogado Carlos Morales Sánchez, presidente de la asociación Litigio Estratégico Indígena A.C. quien promovió el juicio de amparo con las personas indígenas explicó que "la sentencia es histórica, porque el hecho de que el juez federal ordene al Congreso la creación de la ley de consulta previa, abre la posibilidad de que los ciudadanos tengan la posibilidad de obligar a los diputados a crear las leyes que la Constitución les ordena y que no han creado".
El juez federal en su sentencia determinó que el Congreso Oaxaqueño incurrió en omisión legislativa absoluta por lo que le ordenó que "proceda a emitir una ley que regule la consulta previa, libre, informada y de buena fe", lo que deberá realizar antes de que finalice el segundo periodo de sesiones, es decir, hasta antes del 30 de septiembre de 2018.