La Profeco emite una serie de lineamientos para saber cómo interponer una queja y una denuncia, así como para diferenciar entre una y otra.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emite una serie de lineamientos para saber cómo interponer una queja y una denuncia, así como para diferenciar entre una y otra.
A través de un comunicado, la Profeco explicó que una queja es “cuando la conducta del proveedor o prestador de servicios afecta en forma directa a los intereses o patrimonio del consumidor, por ejemplo, no respetar la garantía, cobrar de más, no funcionó lo que compramos, el artículo no es lo que nosotros pagamos, etc”.
Los requisitos para interponer una queja son: Acudir personalmente o por medio de un apoderado; proporcionar datos correctos y completos del proveedor así como los del consumidor y una identificación oficial y presentar dos copias de cada uno de los documentos que acredite la relación contractual que se reclama.
La Profeco resuelve y atiende las quejas de los consumidores por medio de los siguientes mecanismos: Conciliación inmediata, es cuando un conciliador de Profeco se pone en contacto con el proveedor para obtener la solución a la queja sin necesidad de iniciar un procedimiento y la conciliación personal. Si no funciona la conciliación inmediata, se cita a audiencia a las partes para que lleguen a un acuerdo.
Por otro lado se informó que la denuncia es “cuando existe algún problema que afecta tanto al consumidor como a la comunidad en que vive y se busca corregir esta anomalía, por ejemplo, publicidad engañosa, no exhiben precios a la vista, la báscula no está calibrada, etc.”.
Los requisitos para una denuncia son dar los datos del proveedor (domicilio y nombre completo y correcto), entregar una narración breve y clara de los hechos que originan la inconformidad, proporcionar datos personales del denunciante o hacerla anónima.