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Confirma Tribunal Electoral legalidad en elección de Rosario Piedra: Senado

La presidenta del Senado de la República confirma legalidad de procesos para elección de cargos, como el de la titular de la CNDH

La senadora de Morena señaló que lo que prevalece en el Senado son los procedimientos que se hicieron de acuerdo con la ley, y que la elección se realizó en un marco de legalidad.

La senadora de Morena señaló que lo que prevalece en el Senado son los procedimientos que se hicieron de acuerdo con la ley, y que la elección se realizó en un marco de legalidad.

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La presidenta del Senado de la República, Mónica Fernández Balboa, confirmó la legalidad de los procesos para elección de cargos como el de la titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Rosario Piedra Ibarra.

Lo anterior, luego que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJ) desechó un recurso interpuesto contra el proceso en el cual Piedra Ibarra fue elegida como ombudsperson.

La senadora de Morena señaló que lo que prevalece en el Senado son los procedimientos que se hicieron de acuerdo con la ley, y que la elección se realizó en un marco de legalidad.

De acuerdo con la resolución de la Sala Superior del TEPJF, el recurso fue desechado porque se determinó que el proceso de elección del pleno del Senado no tiene naturaleza electoral.

Las magistradas y los magistrados señalaron que debido a lo anterior, no se actualiza ninguna de las hipótesis de procedencia del juicio para la protección de los derechos político electorales del demandante.

Además, señalaron, los juicios y recursos del sistema de medios de impugnación son improcedentes para analizar ese tipo de actos, “el cual es formal y materialmente de carácter parlamentario, y no es aplicable la justicia por la vía electoral”.

Un particular impugnó la elección del 7 de noviembre realizada por el pleno del Senado, por la que se designó a María del Rosario Piedra Ibarra como ombudsperson nacional y que derivó en la toma de protesta en la Cámara alta el 12 de noviembre.

En la demanda, el particular expuso que hubo vicios en el procedimiento para dicho nombramiento; argumentó que se validó indebidamente el conteo de las cédulas, mediante las cuales votaron los senadores, pues no se contaron dos votos, lo que le dio la mayoría calificada a Piedra Ibarra.

La demanda de juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano se presentó el 11 de noviembre ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Senado, y fue turnada a la Sala Superior.

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