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Negligencia médica

Dirige CNDH señalamientos al IMSS por hechos de 2014

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió dos recomendaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por hechos ocurridos en 2014, en Sinaloa y Sonora, y en enero de este año en Jalisco. (ARCHIVO)

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió dos recomendaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por hechos ocurridos en 2014, en Sinaloa y Sonora, y en enero de este año en Jalisco. (ARCHIVO)

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió dos recomendaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por hechos ocurridos en 2014, en Sinaloa y Sonora, y en enero de este año en Jalisco.

El primer caso se trata de un hombre que perdió la función del ojo derecho, que por ser portador del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) le negaron atención médica y operación por desprendimiento de retina en hospitales del IMSS en Sinaloa y Sonora.

El otro por el fallecimiento de una paciente de 22 años de edad y la del producto de la gestación del embarazo que cursaba, en enero del presente año, derivadas de la inadecuada atención médica en el Hospital General Regional 45 de esa institución en de Jalisco.

En este caso, la Recomendación 52/2019 fue por hechos ocurridos en enero de 2019, donde la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud materna, a la vida de la mujer, la pérdida del producto de la gestación, inadecuada integración del expediente clínico y acceso a la información.

Por todo lo anterior, la CNDH recomendó al IMSS que en ambos casos se haga la reparación integral del daño, que incluya compensación del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y se proporcione a las víctimas atención médica, psicológica y, en su caso, de tanatología hasta que alcancen su sanación física, psíquica y emocional.

Además, al paciente que perdió la vista se le deberá proporcionar rehabilitación visual y medicamentos, y deberá colaborar en la integración de la respectiva Carpeta de Investigación que se inicie por cada caso en la Fiscalía General de la República y en las quejas que se presenten ante el Órgano Interno de Control en el IMSS, contra los responsables de las violaciones a los derechos humanos descritos.

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