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Declaran infundada queja de Alonso Ancira en contra de proceso de extradición

Confirman decisión de jueza en Ciudad de México

Ancira Elizondo solicitó un nuevo juicio de amparo para que la cancillería dejara sin efectos el proceso de extradición al que está sujeto desde el año pasado. (ARCHIVO)

Ancira Elizondo solicitó un nuevo juicio de amparo para que la cancillería dejara sin efectos el proceso de extradición al que está sujeto desde el año pasado. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal declaró infundado el recurso de queja del empresario Alonso Ancira Elizondo contra la negativa judicial para que la cancillería cancele su proceso de extradición, debido a que la orden de aprehensión por lavado de dinero y asociación delictuosa en su contra en el caso Agronitrogenados fue cancelada por un acuerdo reparatorio con Pemex.

De esta manera, los magistrados confirmaron la decisión de la Jueza Octava de Distrito de Amparo de Ciudad de México, que le negó la suspensión provisional en el juicio de amparo que interpuso en noviembre pasado contra la omisión de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para dejar insubsistente el proceso de extradición al que continúa sujeto.

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El mes pasado, la jueza octava de Distrito de Amparo confirmó la eliminación de la orden de aprehensión librada contra el accionista mayoritario de la acerera Altos Hornos de México (AHMSA), por la compraventa irregular de la planta de Agronitrogenados.

Con esta resolución, Ancira Elizondo solicitó un nuevo juicio de amparo para que la cancillería dejara sin efectos el proceso de extradición al que está sujeto desde el año pasado.

Sin embargo, le fue negada la suspensión provisional, por lo que interpuso un recurso de queja, el cual se declaró infundado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal.

"PRIMERO. Es infundado el recurso de queja... SEGUNDO. Se confirma el auto de veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, dictado por la jueza Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, en el juicio de amparo indirecto...", señala la resolución.

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