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Modifican legislación ante laudo laboral de Lerdo

Ayuntamientos destinarán un porcentaje de su presupuesto para laudos

El dictamen se presentó en la tercera sesión ordinaria de la sexagésima octava Legislatura del Congreso del Estado de Durango.

El dictamen se presentó en la tercera sesión ordinaria de la sexagésima octava Legislatura del Congreso del Estado de Durango.

DIANA GONZÁLEZ

Los diputados que integran la Comisión de Hacienda en el Congreso de Durango pretenden que el caso del laudo laboral millonario de Lerdo no se repita debido a las graves afectaciones a la hacienda pública que ha causado. Por tal motivo, dictaminó modificar la ley para que los Ayuntamientos destinen un porcentaje de su presupuesto a laudos pero también se presentó una iniciativa para que les quede claro a los funcionarios de una administración municipal que durarán en su encargo únicamente por el periodo constitucional, es decir, por no más de tres años.

En el caso de Lerdo, el laudo laboral de los extrabajadores municipales representa más de 140 millones de pesos (y casi 1 millón de pesos más de pesos por cada mes que no se finiquite), únicamente para 53 extrabajadores que ganaron la demanda laboral.

Fue en la tercera sesión ordinaria de la sexagésima octava Legislatura del Congreso del Estado de Durango con fecha del 19 de mayo donde se presentó el dictamen de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública que contiene la reforma al Artículo 45 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado.

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Para solventar la deuda con los extrabajadores del Municipio

Dicho artículo menciona que los municipios, a través de sus ayuntamientos, aprobarán libremente sus presupuestos de egresos para el ejercicio fiscal que corresponda como se ha venido haciendo pero la diferencia está en que en el mismo presupuesto cada uno de los ayuntamientos deberán destinar cuando menos el 1% de su presupuesto de ingresos anual de libre disposición a fin de crear un fondo para el pago de laudos laborales. Dicho fondo deberá reflejarse en sus registros contables y al término de administración, al momento de hacer la entrega- recepción, se deberá incluir esta información expresamente en el acta, así como los estados financieros del mismo al momento de que la Secretaría de Finanzas y la administración del Gobierno del Estado Durango publiquen en el Periódico Oficial del Estado las participaciones y aportaciones federales correspondientes a cada uno de los municipios.

Por lo anterior, los municipios deberán adecuar su presupuesto de egresos y desde ese momento destinar el monto de cuando menos el 1% de sus ingresos de libre disposición en una sola exhibición a fin de que el mismo monto vaya generando rendimientos. Dichas modificaciones los Ayuntamientos las deberá notificar al Congreso del Estado de Durango así como la Entidad de Auditoría Superior del Estado (EASE).

BUSCAN EVITAR QUE PASE DE NUEVO

Los diputados presentaron además el pasado 17 de mayo otra iniciativa de reforma modificando el Artículo 79 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango para incluir los nombramientos que apruebe, designe y o ratifique el ayuntamiento. La reforma indica que durarán en su encargo únicamente por el período constitucional del ayuntamiento en que hayan sido designados además de adicionar un párrafo que obliga a los ayuntamientos a establecer en el presupuesto de egresos del municipio de cada año un monto de recursos financieros en la partida presupuestal correspondiente que permita cumplir con los finiquitos e indemnizaciones correspondientes especificando que esta partida presupuestal es independiente de la partida que tengan que presupuestar para finiquitos del resto del personal.

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De hasta 144 millones de pesos con la finalidad de pagar a extrabajadores municipales que ganaron un laudo laboral iniciado en 2007

La reforma que se propone es al tercer párrafo y se adicionaría además un cuarto párrafo al Artículo 79 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango e indica además que lo anterior es sin perjuicio de que puedan ser removidos siendo considerados funcionarios de libre designación "en ambos casos solo tendrán derecho a las medidas protectoras del salario contempladas en la ley laboral aplicables por la conclusión del encargo".

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