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Septiembre no solo es conocido por sus fiestas patrias, también por ser el “Mes del Testamento”, cuya intención es motivar y apoyar a las personas a realizar este trámite notarial con la finalidad de dejar todo en orden al momento de partir y no heredar problemas a los seres queridos.
Existen algunos mitos alrededor de este tema, entre los cuales se encuentra la creencia de que quien piensa en ello es porque ya va a morir o porque se trata de una “cosa de viejos”, incluso, hay quien piensa que es “de mal agüero”. Lo anterior se refleja en el dato de que solo una de cada 20 personas adultas en México, ha cumplido con este trámite, según el Colegio de Notarios.
Es por esta razón que, como cada año desde el 2003, se estableció que septiembre sería el “Mes del Testamento”, una campaña iniciada por la Secretaría de Gobernación (Segob) y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano, cuyo objetivo es el de contribuir a la cultura de previsión, así como fomentar la importancia de actuar responsablemente para no heredar problemas.
Durante esta campaña todos los notarios del país extienden sus horarios de atención, reducen los costos hasta un 50% para otorgar testamentos y brindan asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria.
El testamento es un instrumento legal mediante el cual, una persona manifiesta libremente a quién o a quiénes destinará sus bienes y derechos tras su muerte, lo cual debe ser ante un Notario; dichos bienes van desde autos, casas, colecciones artísticas, cuentas bancarias, incluso la tutela legal de los hijos.
Asimismo, este documento tiene como fin evitar pleitos legales entre nuestros seres queridos. Se trata de dejar todo en orden para no llegar a un juicio sucesorio intestamentario.
Se tiene la creencia de que solo se puede heredar bienes, sin embargo, en tu testamento también puedes decidir sobre otras cuestiones como: un albacea, que será la persona encargada de entregar los bienes a tus herederos; un tutor, que se hará cargo del cuidado y educación de las y los hijos menores que dejes; un curador, que será el representante de vigilar que el tutor desempeñe de forma eficiente su cargo; y, en caso de que desees dejar alguna pensión alimenticia, también puedes dejarlo establecido.
Las personas pueden realizar su testamento a partir de los 16 años, pero puedes cambiar los beneficiarios o el porcentaje en cualquier momento, ya que estos documentos tienen tres características básicas: son personales, nadie más puede hacerlo por ti; son libres, y revocables, ya que podrás modificarlos las veces que lo desees.
Solo considera que una vez que realices tu testamento es recomendable que le avises a los beneficiarios que son herederos, ya que, en caso de no haber un reclamo de la herencia en tres años, los bienes pasarán directamente a la beneficencia pública.
En caso de que no realices este trámite, debes saber que tu patrimonio está en riesgo, ya que cuando una persona fallece sin dejar testamento, los herederos y la proporción de los bienes se repartirán de acuerdo con la ley, y para ello debe comenzar un juicio sucesorio o intestamentario ante un juzgado de lo familiar.
Es un proceso caro y tardado, en el que pueden surgir otras personas que peleen por los derechos de los bienes (por ejemplo, hermanos, parejas anteriores, hijos no reconocidos, entre otros).