Es comprensible que la autoridad esté en contra de que la Suprema Corte pudiera declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa (PPO). En una crisis de seguridad como la actual, darle espacios a la criminalidad suena absurdo.
En México la PPO es popular. Ante tanta impunidad, cuando la autoridad atrapa a un presunto culpable, da tranquilidad verlo preso.
Pero se ha abusado de esta figura. Hay decenas de miles de inocentes presos. Según la ONG Intersecta, desde 2019, cuando entró en vigor la ampliación de delitos considerados graves y por tanto de PPO, el porcentaje de detenidos en prisión preventiva pasó del 30 por ciento al 42 en el 2021. Ésta afecta más a los pobres y a las mujeres (https://bit.ly/3RgWvnc). Desde ahí no tienen condiciones para defenderse bien. Es fácil que sean condenados, incluso siendo inocentes.
Si hoy una empleada doméstica es acusada de haber robado algo de la casa, y si el Ministerio Público considera que hay evidencia para vincularla a proceso, estará en la cárcel mientras se determine su culpabilidad. La Constitución obliga al juez a hacerlo. El robo a casa habitación es considerado como crimen grave, y merecedor de PPO, gracias a que la oposición así lo pidió en las reformas del 2019.
AMLO en su Cuarto Informe afirmó: "La paz es el fruto de la justicia". Tiene razón, pero la PPO destruye vidas y familias por largas estancias en la cárcel sin sentencia, en espacios que son escuelas para el crimen, ahonda la sensación de injusticia y expande la criminalidad. La PPO no es norma en ninguna democracia.
Si se declarara inconstitucional, los retos para el sistema de justicia serían enormes y se requerirá algún régimen de transición. En principio, un presunto criminal de alta peligrosidad debería permanecer en la cárcel mientras se le procesa a través de la prisión preventiva justificada, aunque para los jueces de control implica decidir hacerlo o no, y esto puede ser de alto riesgo frente a un imputado peligroso.
Más allá de la PPO, hay un tema de fondo: ¿puede una mayoría calificada en el Legislativo poner cualquier cosa en la Constitución? Hasta ahora, la Suprema Corte ha determinado que si algo está expresamente estipulado en la Constitución no puede ser declarado inconstitucional, aunque contradiga otros artículos. Por ello, si una mayoría calificada determinara la obligatoriedad para todos los mexicanos de alguna religión no tendríamos defensa jurídica.
Evitar abusos de este tipo sería el cambio de fondo. En un proyecto de enorme complejidad técnica que versa centralmente sobre si el fraude fiscal puede ser equiparado al crimen organizado, el ministro Luis María Aguilar propone la inconstitucionalidad de la PPO. Se argumenta: "cuando un derecho humano se encuentre reconocido tanto en fuente constitucional como internacional, la regla general es que deberá preferirse la norma cuyo contenido sea más protector de los derechos humanos; y, del mismo modo, cuando un derecho humano de fuente internacional no se encuentre reconocido en la Constitución, por mandato del propio artículo 1º constitucional, ese derecho humano se entenderá incorporado al catálogo de derechos que integra el estándar de regularidad que protege a todas las personas". También señala: "La determinación anterior no supone una declaración de invalidez de la Constitución ni un juicio a esta Norma Fundamental. Lo que se hace en este caso, es optar por el instrumento que sea más protector a los derechos humanos de las personas, dentro del parámetro de validez que se integra por los derechos humanos de fuente internacional y de fuente constitucional".
De lograr 8 o más votos, este proyecto ampliará los derechos de todos. Este objetivo ha sido la agenda de la izquierda, por eso votó el grueso del PRD en contra de la PPO cuando se aprobó en el año 2008.
@carloselizondoms
ÁTICO
La prisión preventiva oficiosa no es norma en ninguna democracia. El tema de fondo es evitar abusos y ampliar los derechos.