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Laguna Organic

Juzgado niega amparo a Laguna Organic

Dicha empresa obtuvo una concesión por 30 años en la anterior administración

La empresa había promovido un amparo, para poder seguir utilizando el agua tratada para riego agrícola, como lo venía haciendo desde que tuvo efecto el contrato celebrado. (EL SIGLO DE TORREÓN)

La empresa había promovido un amparo, para poder seguir utilizando el agua tratada para riego agrícola, como lo venía haciendo desde que tuvo efecto el contrato celebrado. (EL SIGLO DE TORREÓN)

DIANA GONZÁLEZ

El Juzgado IV de Distrito en La Laguna negó un amparo a la empresa Laguna Organic, representada por Norberto Galindo Carrillo, a quien Sideapa otorgó en la pasada administración una concesión por 30 años para uso agrícola de 100 litros de agua por segundo, durante las 24 horas del día, proveniente de la Planta Tratadora Norte.

Los términos en que fue otorgado dicho contrato motivaron la detención del exdirector adjunto del Sideapa "Jesús" NN, quien además ya fue vinculado a proceso, estableciéndose un plazo de dos meses para la evaluación de pruebas por parte de la autoridad competente.

La empresa involucrada había promovido un amparo para poder seguir utilizando el agua tratada.

Se trata del juicio de amparo 1368/22, en el cual aparecen como responsables tanto el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Gómez Palacio (Sideapa), como el director general del mismo organismo operador.

En su demanda de amparo, la empresa Laguna Organic solicitó la suspensión de los actos reclamados "para el efecto de que se ordene a la autoridad responsable reanudar el servicio de suministro de aguas tratadas, para lo cual deberá colocar la bomba, transformador, instalación de condición de agua en los mismos términos que se encontraban", antes de una resolución previa al 16 de agosto.

JUEZA NIEGA AMPARO

La jueza IV de Distrito de La Laguna, Nora Bonilla Marín, determinó negar la suspensión provisional, en virtud de que son actos consumados contra los cuales resulta a su juicio improcedente conceder la suspensión, "pues concederla equivaldría a otorgarle efectos restitutorios, los que son propios de una sentencia definitiva", indica el documento resolutivo.

Fue el 16 de agosto del 2022, que el director general del Sideapa ordenó dejar sin efecto el contrato que celebró con la empresa Laguna Organic y por ello se suspendió el suministro de aguas tratadas a la referida empresa.

LOS MOTIVOS

Se ordenó dejar sin efecto la concesión que previamente había sido otorgada por el Sideapa por un plazo de 30 años, debido a que consideró que era un término excedente en el tiempo que dicha administración cumple con su encargo, que es de 3 años, aunado a que la Constitución estatal indica que los contratos de prestación de servicios celebrados con la autoridad municipal que excedan su administración, deberán ser autorizados por el Congreso del Estado de Durango, lo que según la propia autoridad municipal, no ocurrió así.

"Por tal motivo es ineludible que de concederse la suspensión se estarían transgrediendo disposiciones de orden público, toda vez que la sociedad se encuentra interesada en que se respete y cumpla lo establecido por el constituyente estatal".

Debido a lo anterior, se resolvió negar la suspensión definitiva por la empresa Laguna Organic contra el acto que reclamó de las autoridades responsables (Sideapa).

No había agua excedente

Pero además según expuso anteriormente el Sideapa:

* La planta tratadora de aguas residuales norte tiene una capacidad actual de 500 litros de agua por segundo y había sido concesionado hace años un volumen de 560 litros de agua por segundo a 4 concesionarios.

* En vista de lo anterior, la planta ya no tenía mas volumen para concesionar en la administración anterior, previamente a la celebración del contrato con el suministrado, que era de 100 litros de agua por segundo,

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Escrito en: Sideapa Laguna Organic Amparo

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