El Tribunal Electoral acreditó el cumplimiento del registro por considerar que se vulneró el derecho de audiencia al candidato.
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Durango resolvió otorgar el registro al candidato a la alcaldía de Tlahualilo por la coalición Juntos Hacemos Historia, Juan Cázares.
Lo anterior es un revés para el criterio aplicado por los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Durango, quienes por unanimidad habían negado la candidatura de Tlahualilo a Juan Carlos Cázares Sandoval, el aspirante de Morena a la alcaldía de este municipio, por haber presentado documentos considerados como falsos respecto a su constancia de residencia.
El Tribunal Electoral ahora acreditó el cumplimiento del registro por considerar que se vulneró el derecho de audiencia al candidato.
El Tribunal además acredita el requisito la residencia con finalidad de que no se vulneren sus derechos político electorales, aunque en la resolución no se ordenan otras medidas como una verificación de la documentación presentada para comprobar la residencia del mismo.
TAMBIÉN LEE Marina Vitela asegura que atenderá demandas de mejores servicios médicos en Tamazula
'Una necesidad de las familias de todas las regiones del municipio', aseguró la candidataEl Tribunal también indica que los consejeros no habrían explicado debidamente las razones por las cuales se considera que no acredita la residencia el candidato.
La resolución del Tribunal Electoral Estatal dice textualmente: "Al resolver el expediente TEED-JDC-43/2022 y acumulados, el Pleno de esta Sala Colegiada determinó revocar la negativa del Consejo General del IEPC, de registrar la candidatura propietaria a presidente municipal del ayuntamiento de Tlahualilo, Durango, postulado por la coalición Juntos hacemos historia en Durango, al resultar evidente que la responsable vulneró el derecho de audiencia, y omitió señalar debidamente, las razones y fundamentos que consideró aplicables para tener por acreditada la supuesta falsedad de la constancia de residencia emitida a favor del candidato y que fuera presentada en su respectiva solicitud de registro. Por tanto, con la finalidad de no prolongar la violación a los derechos político electorales del actor, en plenitud de jurisdicción, la Sala Colegiada se pronunció sobre el requisito relativo a la residencia del candidato propietario a presidente municipal, teniéndose por acreditada dicho requisito de la concatenación de todos los elementos probatorios exhibidos por la coalición. Por tanto se ordenó a la responsable otorgar el registro correspondiente".
VER MÁS Realizan simulación de jornada electoral en Gómez Palacio
ANTECEDENTE
El pasado 5 de abril el secretario del Ayuntamiento de Tlahualilo, Javier Barraza Montoya, formalizó un documento dirigido al Consejo Municipal Electoral donde mencionó textualmente que Cázares Sandoval mandó una constancia de residencia apócrifa, ya que se expidió con fecha del 23 de marzo del 2022, con número de oficio 652 por parte la Secretaría del Ayuntamiento, donde él, como único documento que exhibe como prueba de su residencia, es una credencial de elector con año de registro 2021, de tal manera que la constancia que él exhibe ante el IEPC contiene innumerables inconsistencias y falsificaciones y todo esto lo respalda con los debidos documentos que ratifican su dicho y que se describen.