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Política del SAT raya en terrorismo fiscal: GEL

El GEL dice que la nueva política fiscal del SAT es agresiva para los empresarios

El SAT aplica una política fiscal agresiva en la que pymes podrían ser las más afectadas. (EL SIGLO DE TORREÓN)

El SAT aplica una política fiscal agresiva en la que pymes podrían ser las más afectadas. (EL SIGLO DE TORREÓN)

MA. ELENA HOLGUÍN

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha creado una política agresiva que raya en el terrorismo fiscal y que genera temor y desconfianza en los contribuyentes, al incrementar el riesgo de que éstos incurran en omisiones y sean sujetos de sanciones.

Las micro y pequeñas empresas que no cuentan con aparatos administrativos tan bien estructurados, y que tendrán dificultades para contratar empleados para atender todos los nuevos requerimientos, serán las más perjudicadas con las disposiciones que entrarán en vigor en 2023, dijo el vocero del Grupo Empresarial Lagunero (GEL), Mariano Serna Muñoz.

Al desconocer el llenado o la integración de cifras que deben incluirse, caerá la responsabilidad sobre los contribuyentes, pese a que el SAT no ha generado la suficiente información y hasta ahora se ha conducido con ambigüedad en muchos de los aspectos que se deberán atender.

"El SAT solo pide y pide y debemos estar al pendiente para entregar y cumplir con todos los requisitos", dijo al señalar que esto también le permitirá tener más información para generar nuevos requerimientos que serán más difíciles de cumplir.

Serna Muñoz indicó que en el GEL están representados los sectores primario (agrícola, pecuario), secundario (industrial) y terciario (comercio y servicios), los que tienen diferentes esquemas o necesidades contables y esto implica diversas formas en el llenado de las declaraciones anuales.

Con los cambios en las declaraciones anuales, tendrán que manifestar erogaciones que ya están controladas pero que no se manifestaban, como los de periodos preoperativos, de integración y desarrollo, entre otras.

Además, a partir del próximo año se incluye la presentación de los estados de cambios en el capital contable y del flujo de efectivo, los que sumados al balance y estado de resultados, incrementarán la carga administrativa a estos tres sectores económicos.

Dentro de estas nuevas disposiciones que están por entrar en vigor, se va a requerir también que añadan notas a los estados financieros de capital contable y de flujo de efectivo, lo que normalmente se hace en auditorías por parte de los mismos auditores pero ahora se deja en manos de los contribuyentes, pero sin especificar cuáles notas sí pueden incluir y cuáles no-

"Esta es la parte que crea incertidumbre a los contadores, sobre qué aspectos se habrán de anotar", dijo el vocero del GEL, y desde luego la desconfianza de que al no hacerlo correctamente, se vaya a caer en omisiones y multas, por lo que será importante que el SAT emita mayor información al respecto.

PUBLICAN REGLAS PARA CONTRIBUYENTES

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio del 2023.

También junto con la normativa fiscal que regirá en 2023, publicó los anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El documento contiene casi 900 páginas con el marco tributario correspondiente al próximo año al que deberán de sujetarse todos los contribuyentes.

Si bien para el 2023 no hubo reforma fiscal, cada año, la autoridad debe publicar una Resolución Miscelánea que contiene las reglas del juego para que los causantes puedan cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma.

A diferencia de una reforma fiscal, la miscelánea no contiene cambios a las tasas de los impuestos o a las leyes tributarias.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), destacó que este día el SAT publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2023 y sus anexos.

Explicó que la resolución agrupa aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, con excepción de los relacionados con el comercio exterior.

Detalló que en el anexo uno contiene las formas oficiales o formatos aprobados por el SAT.

Mientras que en el anexo 5 se publicaron las cantidades actualizadas establecidas en el Código Fiscal de la Federación; en el anexo 8 vienen las tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto.

En el Anexo 15 aparece información respecto al Impuesto Sobre Adquisición de Automóviles Nuevos (ISAN); en el 19 sobre el pago de derechos y en el 26 respecto a los códigos de seguridad de cajetillas de cigarros.

Finalmente, en el anexo 27 se publican las cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos y del Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos que se establece en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su reglamento.

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