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Remueven de su cargo a director de Ecología en Gómez Palacio

Hiram López Manzur mencionó que se va tranquilo debido a que dio su mayor esfuerzo

Hiram López Manzur dijo que se iba tranquilo y con la frente en alto porque trabajó con honestidad y dando su mayor esfuerzo.

Hiram López Manzur dijo que se iba tranquilo y con la frente en alto porque trabajó con honestidad y dando su mayor esfuerzo.

DIANA GONZÁLEZ

El director de Ecología de Gómez Palacio, Hiram López Manzur, fue removido de su cargo por la Oficialía Mayor del Ayuntamiento. El director posteó en sus redes sociales que su despido se debe a cuestiones políticas y haberse negado a participar en un "proyecto".

Mencionó a través de redes sociales que se le notificó a través de un documento firmado por el oficial mayor de Gómez Palacio, Karol Martínez, y dijo que se iba tranquilo y con la frente en alto porque trabajó con honestidad y dando su mayor esfuerzo a una causa que viene trabajando desde hace muchos años en la protección del medio ambiente y el bienestar animal.

Mencionó: Hoy por cuestiones políticas, por no participar en un proyecto que definitivamente no le beneficia en nada a Gómez Palacio y al estado de Durango, me remueven de mi cargo y les agradezco no ser parte de sus intereses oscuros. A mis excompañeros de la dirección, les digo que me voy a agradecido infinitamente por toda su colaboración y compañerismo en todo momento. Seguimos firmes en el movimiento, estamos en el lado correcto de la historia", públicó en redes.

Fue con fecha del 20 de abril, que el director de Ecología y Protección al Ambiente, Hiram López Manzur, recibió por parte del oficial mayor del ayuntamiento de Gómez Palacio, Karol Martínez Hernández, el oficio que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 122 fracción sexta del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Gómez Palacio "se tuvo a bien", cita el oficio, removerlo de su cargo como director de Ecología, por lo que deberá pasar al departamento de Capital Humano a efectos de recibir el pago de su finiquito por los servicios prestados y "sin otro particular le reitero agradecimiento por la prestación de sus servicios", finaliza el oficio. Lo anterior se turnó con copia a la dirección de Asuntos Jurídicos.

¿QUE DICE EL ARTÍCULO 122?

En sí el Artículo 122 del citado reglamento habla de las facultades de la Oficialía Mayor, pero en esa fracción no se establece algo que determine el motivo de la baja en este caso.

El Artículo 122 menciona que la Oficialía Mayor es la dependencia encargada de administrar los recursos humanos, materiales y los servicios generales y detalla facultades, obligaciones de atribuciones del oficial mayor, entre ellas las de la fracción sexta: "Expedir y tramitar remociones, renuncias, licencias y jubilaciones de los servidores públicos municipales".

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