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Buscan recuperación de poder adquisitivo con reducción en tarifas del ISR

Presidenta de Colegio de Contadores precisa sobre reducción de ISR

La reducción de las tarifas del ISR que estarán vigentes a partir de 2023 constituirán una forma de recuperar el poder adquisitivo. (EL SIGLO DE TORREÓN)

La reducción de las tarifas del ISR que estarán vigentes a partir de 2023 constituirán una forma de recuperar el poder adquisitivo. (EL SIGLO DE TORREÓN)

MA. ELENA HOLGUÍN

Más que representar un dinero extra para quienes perciben ingresos mediante salarios, honorarios o arrendamientos, la reducción de las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que estarán vigentes a partir de 2023 constituirán una forma de recuperar el poder adquisitivo frente a los constantes incrementos que se presentan.

Araceli Sánchez Prado, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna precisó que "habría que darle la palomita al gobierno cuando es un beneficio tal, como reducir los impuestos, que aquí no es el caso", sino simplemente es un procedimiento lógico y necesario cuando la inflación rebasa un determinado porcentaje.

El Artículo 152 de la Ley del ISR establece que cuando se alcance una inflación acumulada mayor al 10 por ciento desde la última actualización, la tarifa se debe ajustar, de lo contrario los ingresos se verían reducidos de manera considerable por los impuestos a pagar.

De la última actualización en diciembre de 2020 a noviembre de este año, la inflación acumulada supera el 15 por ciento, por lo cual era obligatorio actualizar las tarifas, que el pasado 27 de diciembre se publicaron.

Como dato relevante, entre noviembre de 2017 y noviembre de 2020, es decir en tres años se había acumulado una inflación de 11 por ciento, mientras que en el transcurso de dos años, de finales de 2020 a la fecha México acumuló el 15 por ciento, debido a las condiciones tanto nacionales como internacionales.

En este caso, las personas físicas que considera el título 4 de dicha ley, quienes perciben ingresos por honorarios, salarios o arrendamientos, pagarán un impuesto menor según el rango a que correspondan.

Así, quienes perciben un ingreso mensual de 8 mil pesos, con la tarifa anterior pagaban 596.42 pesos de ISR y con la nueva pagarán 553.30 pesos; donde más se acentúa la reducción es en el rango salarial de 15 mil pesos, al pasar de mil 869.64 pesos a mil 642.80, es decir una disminución del 12.13 por ciento.

Por ingresos mensuales de 500 mil pesos, por ejemplo, se pagaban 163 mil 181 y a partir de 2023 serán 161 mil 320, por lo que el beneficio mayor se concentra entre los rangos de 8 mil a 15 mil pesos.

Sánchez Prado indicó que si bien esto representa un poco más de dinero en el bolsillo para los trabajadores, al momento de gastarlo la diferencia será imperceptible, si se toma en cuenta que muchos de los productos de consumo básico rebasan el nivel inflacionario del 8 por ciento.

Aunado a ello, hay que considerar todos los incrementos que entrarán en vigor a la par de esta medida, producto del alza salarial y de las condiciones que se han venido presentando desde la pandemia, incluso por conflictos internacionales.

TAMPOCO HABRÁ SALDO A FAVOR EN CRÉDITOS INFONAVIT

Al igual que en la declaración anual de 2021, la correspondiente al año que está por concluir carecerá de intereses reales por aplicar de los créditos Infonavit, pues no habrá saldos a favor precisamente por los altos índices de inflación.

"Debemos recordar que a los contadores nos vieron feo en abril porque muchas personas que realizaron su declaración anual, esperaban ese saldo a favor, que era ya una tradición y hasta lo tenían presupuestado", dijo la presidenta del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna.

Regularmente, el Instituto opera con tasas de interés menores a la inflación, pero a partir de 2022 éstas se vieron rebasadas pro la inflación y ya no se generó ese recurso, una situación que se volverá a repetir al presentar la declaración anual en 2023.

Ante tal escenario, en resumen, es importante que los trabajadores se moderen con los gastos, teniendo bajo control todos los préstamos o créditos con tasa de interés variable, pues estos tiempos de dinero caro y ciclos inflacionarios continuarán mientras el escenario nacional y externo siga siendo el mismo.

Obligatorio

El Artículo 152 de la Ley del ISR establece que:

* Cuando se alcance una inflación acumulada mayor al 10 por ciento desde la última actualización, la tarifa se debe ajustar.

* De lo contrario los ingresos se verían reducidos de manera considerable por los impuestos a pagar.

* De la última actualización en diciembre de 2020 a noviembre de este año, la inflación acumulada supera el 15 por ciento, por lo cual era obligatorio actualizar las tarifas.

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