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La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en contra del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS) por vulnerar los derechos humanos de visitantes de Ceferesos de cinco estados, entre ellos Coahuila.
Se trata de la recomendación 33/2023 emitida en el mes de febrero en contra del OADPRS, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, por hechos considerados como violatorios a los derechos humanos en Ceferesos ubicados en Coahuila, Nayarit, Veracruz, Chiapas y Michoacán.
Lo anterior porque no respetó el derecho al debido proceso de familiares y abogados.
Entre junio de 2021 y septiembre de 2022, la CNDH atendió diversas quejas presentadas por familiares y abogados defensores de las personas privadas de la libertad donde, en términos generales, denunciaban que les prohibieron la entrada a dichos centros de reclusión federal, les habían suspendido las visitas hasta por seis meses y la realización de llamadas telefónicas con sus familiares, argumentando que supuestamente intentaban ingresar objetos prohibidos; que los internos se encontraban cumpliendo sanciones disciplinarias; que habían cometido conductas indebidas en los cubículos de visita, y aduciendo el cambio de modalidad de visita por vinculación a locutorios, entre otras razones.
La investigación individualizada de dichos casos por parte de la Comisión acreditó que las autoridades penitenciarias de los Ceferesos señalados vulneraron el derecho humano a la seguridad jurídica y legalidad, en relación con el debido proceso de las personas que ingresan como visita, ya que en algunos casos omitieron notificar previamente la imposición de la sanción a las personas privadas de la libertad, coartando con ello su derecho de audiencia.
Se señaló que la actitud asumida por los servidores públicos encargados de los penales federales obstaculizó el derecho a una defensa adecuada y la posibilidad de ofrecer pruebas e interponer recursos para impugnar las determinaciones adoptadasinhibiendo con ello la oportunidad de intervenir en el proceso y garantizar el cumplimiento formal y material de todas las etapas del proceso, así como la posibilidad de que las personas visitantes fueran asistidas durante el mismo, lo que, en consideración de la CNDH constituye una violación a su derecho de audiencia.
Razón por la que Ante las irregularidades detectadas CNDH solicitó a la persona titular del OADPRS que en tanto se llevan a cabo las adecuaciones normativas que prevean el procedimiento administrativo a seguirse cuando a las personas que ingresen como visitas les sea detectada alguna imagen inusual, sustancia prohibida o algún otro objeto que amenace la seguridad, orden y paz de dichos lugares, se revalore la suspensión de visita y el cambio de modalidad de ésta.
Asimismo, se le pide colaborar en el seguimiento de la denuncia administrativa que hace la Comisión Nacional.