Braña indicó que el proyecto fue devuelto para que se realizara un mayor análisis por los magistrados. (EL SIGLO DE TORREÓN)
El partido Morena informó que se confía en el criterio del Tribunal Electoral para que no queden impunes los actos cometidos por 12 exmilitantes que fueron expulsados tras haber apoyado al candidato del Partido del Trabajo, Ricardo Mejía Berdeja durante la pasada contienda electoral por la gubernatura de Coahuila.
El representante de Morena ante el Instituto Electoral de Coahuila (IEC), José Arturo Braña Sotomayor, indicó que el proyecto fue devuelto para que se realizara un mayor análisis por parte de los magistrados, por lo que todavía no existe un posicionamiento oficial, sino que, dicho asunto hasta el momento continúa en reflexión.
La controversia ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiene origen en que diversos exmilitantes realizaron una serie de acciones "que derivaron en la falta de lealtad al partido Morena", pues decidieron, de forma deliberada, efectuar actos de apoyo en favor de Mejía Berdeja durante el pasado proceso electoral.
Esto representó de manera clara ir en contra de los principios y valores del partido y simbolizó una oposición abyecta al proyecto de la cuarta transformación, en detrimento de la unidad partidaria de Morena.
Por lo anterior la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, resolvió que, en lo que respecta a los exmilitantes, se declaraban fundados los hechos por lo cual a través de un proceso con todas las garantías constitucionales analizó que lo correcto con base en las pruebas, hechos y normativa interna era sancionarlos con la cancelación de su registro de afiliación del "Padrón Nacional de Protagonistas del Cambio Verdadero de Morena".
Dicha resolución tras la inconformidad de las personas sancionadas fue recurrida en diversas ocasiones ante la Sala Superior del TEPJF, y sería resuelto en la sesión pública del pasado día 11 de octubre de la presente anualidad.
No obstante, cabe destacar que la Sala Superior en el expediente SUP-REC-297/2023 se ha pronunciado en el sentido de que las normas partidarias que resguarden el deber de lealtad de los partidos políticos que en su caso sancionen la comisión de actos de deslealtad al organismo público, no son una restricción inconstitucional, sino que, tiene una finalidad legítima al garantizar que el partido cuente con militantes leales para cumplir sus fines y asegurar su subsistencia en la vida política.
Además, se estableció que los beneficios obtenidos con la expulsión son mayores a la libertad de expresión y al derecho de asociación política, al no restringirlos de forma absoluta, por lo que la determinación de la Comisión de Justicia resulta apegada a derecho.