Durango

AMENAZAS

Han denunciado 1,140 amenazas en lo que va de 2023 en Durango

De las mil 140 denuncias interpuestas en todo el estado de Durango; el 60 por ciento se concentró tan solo en la capital duranguense. (EL SIGLO DE DUARNGO)

De las mil 140 denuncias interpuestas en todo el estado de Durango; el 60 por ciento se concentró tan solo en la capital duranguense. (EL SIGLO DE DUARNGO)

JUAN M. CÁRDENAS

Durante los primeros 11 meses del 2023 se interpusieron mil 140 denuncias por el delito de amenazas, previsto y sancionado en el Código Penal del Estado.

De acuerdo con la estadística de incidencia delictiva municipal del fuero común, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de las mil 140 denuncias interpuestas en todo el estado de Durango; el 60 por ciento se concentró tan solo en la capital duranguense.

La cantidad total de denuncias del 2023 representa una ligera disminución con respecto al mismo periodo del año 2022, cuando la Fiscalía General del Estado refirió la apertura de mil 191 investigaciones por este delito; mientras que en el 2021 se notificaron mil 152 expedientes.

El artículo 174 del Código Penal establece que se aplicarán de tres meses a un año de prisión, así como una multa de 18 a 62 veces la Unidad de Medida y Actualización a quien de cualquier modo amenace a otro con causarle un mal en su persona, en sus bienes, en su honor o en sus derechos o en la persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado con algún vínculo; lo cual se aplica también a quien por medio de amenazas de cualquier género trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho a hacer.

Además, cuando la amenaza tenga como causa un infundado peligro de contagio o cualquier otra que se entienda irracional, la pena aumentará hasta en una mitad.

También indica que se impondrán las mismas penas y multas al que para la comisión del delito utilice las tecnologías de la información y telecomunicaciones, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital y cause un daño a la dignidad personal.

Mientras que el artículo 175 estipula que si el sujeto activo cumple su amenaza se acumularán la sanción de ésta y la del delito que resulte.

Pero si el sujeto activo exigió y recibió dinero o algún documento o cosa estimable en dinero, se le aplicarán las penas del robo con violencia; si exigió que el sujeto pasivo cometiera un delito, se acumulará a las penas del delito de amenazas, la que corresponda por su participación en el delito o delitos que resulten.

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