En total 17 estados del país fueron declarados como zona libre de dos especies de moscas de la fruta. (EL SIGLO DE TORREÓN)
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural declaró como zona libre de dos especies de moscas de la fruta a municipios de 17 estados del país, con lo cual los productores locales continúan con ventajas competitivas para abastecer el mercado interno de productos hortofrutícolas.
Entre las entidades beneficiadas están: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Puebla, Sonora, Nuevo León, Morelos, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Zacatecas, Guerrero, Tlaxcala y Estado de México.
México ocupa el onceavo lugar mundial en producción de cultivos agrícolas, incluidos alimentos hortofrutícolas susceptibles a las moscas de la fruta, como el mango, café, papaya y frutillas, entre otros.
De acuerdo con los resultados de la vigilancia epidemiológica y los muestreos que realizaron los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), se confirmó la ausencia de la mosca rhagoletis pomonella en el municipio de San Juan Atenco, Puebla.
También, se avaló la ausencia de la mosca de la fruta del género anastrepha de importancia cuarentenaria en todos los municipios de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila y Sonora, así como en nueve de Aguascalientes, 33 de Durango, 24 de Nuevo León, 27 de San Luis Potosí, 12 de Sinaloa, ocho de Tamaulipas, 37 de Zacatecas, dos de Guerrero, uno de Morelos, Puebla y Tlaxcala y en el límite territorial de seis del Estado de México.
La declaratoria de Zona Libre, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), representa un impacto positivo para los productores, quienes de la mano de los gobiernos federal y estatal, operan la Campaña Nacional contra la Mosca de la Fruta, la cual les brinda ventajas competitivas en múltiples mercados.
El reconocimiento tiene vigencia de 24 meses, periodo en el que los técnicos del Senasica mantendrán la vigilancia de la Zona Libre, por lo que los productores deben aplicar las medidas fitosanitarias indicadas en el artículo 107 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal y en las Normas Oficiales Mexicanas NOM023-FITO-1995, por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta y la NOM-075-FITO-1997, así como los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta, se informó a través de un comunicado.
En la liga del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación se establece que los únicos seis municipios de Durango que no están identificados como zona libre son: Tamazula, Topia, Canelas, Otáez, Mezquital y una parte de Pueblo Nuevo.