Miles de personas marchan en México y el mundo con motivo del 28-S, bajo una misma consigna: aborto legal y seguro. Ello debido a que en esta fecha se conmemora el Día de la despenalización y legalización del aborto.
También conocido como Día de Acción Global por un Aborto Legal, Seguro y Accesible, la Ciudad de México no fue la excepción y "la marea verde" también inundó el Paseo de la Reforma, en una movilización con destino al Zócalo capitalino.
Si bien el pasado 6 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer que se despenalizaba el aborto a nivel federal, por mayoría de tres votos, vale la pena entender ¿qué significa esta decisión y cómo impacta en la vida de las mujeres y personas gestantes?
¿Qué significa que la Corte haya despenalizado el aborto a nivel federal?
Si bien existen Códigos Penales locales por cada entidad federativa, la Primera Sala de la Corte aprobó que el Congreso de la Unión derogue las normas contenidas en el Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario.
En entrevista con la BBC, Verónica Esparza, abogada del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), señaló que la incongruencia entre las leyes locales y federales seguirá existiendo debido a que a nivel local el aborto aún está vigente en los Códigos Penales de algunas entidades.
La abogada de GIRE detalló que es competencia de cada estado pasar por el proceso de despenalización y determinar el número de semanas que será permitido por cada entidad, entre otros criterios.
Además, aclaró a la BBC, que aunque la Corte señaló que aunque se puede objetar, los hospitales públicos tienen que garantizar este derecho a las mujeres y personas gestantes, siempre que exista personal disponible y capacitado para el procedimiento.
¿Cuáles fueron los argumentos de la Corte para despenalizar el aborto a nivel federal?
A través de un comunicado publicado el pasado 6 de septiembre, la SCJN dio a conocer que las disposiciones penales que criminalizan de forma absoluta el derecho a decidir sobre la interrupción del embarazo "son contrarias a la dignidad humana, la autonomía reproductiva y libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la salud y el derecho a la igualdad y no discriminación".
Así, la Primera Sala de la SCJN concedió un amparo a una asociación feminista para que el Congreso de la Unión derogue las normas que criminalizan el aborto voluntario.
"La Primera Sala concluyó que las normas que despenalizan el aborto voluntario, ya sea porque otra persona lo practique o que la mujer o persona gestante se lo autoprocure, son inconstitucionales al anular por completo el derecho a decidir".
Así, la Primera Sala determinó que la criminalización del aborto es un acto de violencia y discriminación por razón de género, perpetuando el estereotipo de que las personas no pueden ejercer libremente su sexualidad y refuerza el rol de género que impone la maternidad.
¿Los médicos pueden ser castigados por practicar abortos a pacientes?
La SCJN también aclaró que es inconstitucional que se imponga la suspensión al ejercicio de la profesión a médicos, enfermeras, comadronas y parteras que practiquen el aborto o proporcionen ayuda para que éste se lleve a cabo.
Detalló que esta medida repercute en un acto de discriminación, dado que existen menos cantidad de especialistas capacitados y dispuestos a practicar el aborto a mujeres, lo que se ve reflejado en los derechos reproductivos de este sector de la población.
"Finalmente, la Sala determinó que el requisito que obliga a que el personal médico que asiste a una mujer o persona gestante en grave peligro de muerte recabe el dictamen de otro médico para autorizar la interrupción del embarazo, atenta contra sus derechos ya que obstaculiza de forma excesiva el acceso efectivo y sin dilaciones a un aborto por motivos de salud".