¿Cómo se tipifica el feminicidio en Coahuila y Durango?
Este domingo se registró el presunto quinto feminicidio en Torreón, donde una joven fue encontrada golpeada, amordazada y maniatada en habitación de un motel en la colonia Villas del Valle.
En lo que va del año son cinco los feminicidios que se han registrado en la ciudad de Torreón, duplicando la cantidad de estos delitos que se registraron durante todo el 2023, según estadísticas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Coahuila (FGE).
¿Qué es un feminicidio?
Marcela Lagarde y de los Ríos, antropóloga y activista feminista, acuñó en 2004 el término feminicidio para hacer referencia a la culminación de una violencia repetida y sistémica que vulneran los derechos humanos de las mujeres.
Añade que el origen son las razones de género por las que violentan con crueldad a niñas y mujeres "por el solo hecho de ser mujeres", y que en algunos casos son asesinadas como la consumación de dicha violencia.
El feminicidio en Coahuila
El Código Penal de Coahuila de Zaragoza, en su artículo 188, establece que al que prive de la vida a una mujer por razón de género se le aplicará una sentencia a cumplir en prisión de 40 a 60 años, no obstante esta pena podría aumentar en caso de que la víctima sea una menor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad.
Se entiende por razones de género a los signos de violencia sexual de cualquier tipo, previa o posterior a la privación de la vida de la víctima, lesiones o mutilaciones, amenazas antecedentes de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar.
Así como una relación afectiva o la pretensión de establecer una relación de intimidad, la incomunicación de la víctima, o que su cuerpo sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público.
Además de la prisión, el victimario se verá obligado a pagar una multa y perderá todos los derechos con relación a la víctima en temas de perdida de la patria potestad de los hijos e hijas.
¿Y el feminicidio en Durango?
En el artículo 147 BIS del Código Penal de Durango, se añade a las razones de género el que se le haya suministrado a la víctima drogas para dejarla en estado inconsciente, o bien que se le haya obligado a ejercer la prostitución o actos de trata de personas.
La pena en prisión se mantiene de los 40 a los 60 años; sin embargo, podrán ser de 45 a 65 años si la víctima es menor de edad, adulta mayor, embarazada o con discapacidad.
Ambos códigos penales, de Coahuila y Durango, comparten similitudes con el Código Penal que rige a la Ciudad de México, sin embargo, este resulta más estricto al imponer penas de 35 a 70 años de prisión e incorpora a las razones de género el estado de indefensión de la víctima para solicitar auxilio por razones de distancia o impedimentos físicos.