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ACUÍFERO DE VILLA JUÁREZ

Contemplan estudios en el acuífero de Villa Juárez dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2025

Dicho programa se define como de estudio de preinversión.

Contemplan estudios en el acuífero de Villa Juárez dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2025

Contemplan estudios en el acuífero de Villa Juárez dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2025

GUADALUPE MIRANDA

Dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2025, se contemplan estudios de carácter hidrogeológico en el acuífero Villa Juárez ubicado en ciudad Lerdo por más de 6 millones de pesos.

Dicho estudio se contempla dentro del Ramo 16 de Medio Ambiente y Recursos Naturales. En el documento, se define el proyecto o programa como: “Actualización hidrogeológica y Diseño del Plan de Manejo Integral del Acuífero Villa Juárez, municipios Mapimí y Lerdo del estado de Durango”.

En la descripción se detalla que dicho proyecto servirá para la “actualización de los estudios técnicos de carácter hidrogeológicos en el acuífero Villa Juárez debido al incremento de la semana de agua en la zona. Se actualizarán las características hidrogeológicas, recarga, explotación, descarga natural comprometida con otras cuencas, niveles y calidad del agua del subsuelo”.

Dicho programa se define como de estudio de preinversión. Para ello se propone una inversión para ejercer sólo en el 2025 por el orden de 6 millones 8 mil 549 pesos.

¿Dónde queda?

De acuerdo con la Subdirección General Técnica Gerencia de Aguas Superficiales de Aguas Subterráneas de la Conagua, el acuífero Villa Juárez pertenece al Organismo de Cuenca "Cuencas Centrales del Norte" y al Consejo de Cuenca Nazas-Aguanaval, instalado el 1 de diciembre de 1998.

Su territorio se encuentra totalmente vedado y sujeto a tres decretos de veda para la extracción de agua subterránea. En la mayor parte rige el "Decreto que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en las zonas de Ceballos y de La Laguna, que comprenden parte de los Estados de Chihuahua, Durango y Coahuila", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de diciembre de 1958.

Este decreto establece veda tipo II, en la que la capacidad de los mantos acuíferos sólo permite extracciones para usos domésticos.

En la porción occidental y sur está vigente el "Decreto por el que se establece veda para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la Región Lagunera", publicado en el DOF el 17 de abril de 1965; esta veda es de tipo III, en la que la capacidad de los mantos acuíferos permite extracciones limitadas para usos domésticos, industriales, de riego y otros.

Y de acuerdo con la Ley Federal de Derechos en Materia de Agua 2024, el acuífero se clasifica como zona de disponibilidad 2. El principal usuario del agua subterránea es el agrícola, en su territorio se localiza parte de Distrito de Riego 017 "Región Lagunera", sin que se haya constituido a la fecha el Comité Técnico de Aguas Subterráneas (COTAS).

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