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Contralorías Ciudadanas Autónomas para el Buen Gobierno del Agua en la Comarca Lagunera

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

El modelo de gestión del agua impuesto a partir de la Ley de Aguas Nacionales de 1992 ha conducido al deterioro social y ambiental irreversible con diferentes manifestaciones en la Comarca Lagunera; en tanto, la Contraloría Ciudadana Autónoma del Agua de La Laguna, mediante el amparo legal, la manifestación social y el apoyo de la prensa, ha logrado avances en el tema del buen gobierno del agua en esta región del norte de México.

A tal conclusión llega el Doctor Carlos Cháirez Araiza en su investigación "Contralorías Ciudadanas Autónomas para el Buen Gobierno del Agua en la Comarca Lagunera", del 2024, componente del proyecto Tocoyani "Hacia la planeación transformativa de la gestión hídrica en México, 2022-2024", respaldado por el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt).

Publicada en la revista El Cotidiano, de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Azcapotzalco, la investigación documenta los impactos sociales y ambientales a partir de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento y la incidencia de la Contraloría Ciudadana Autónoma del Agua de La Laguna como ente para lograr el buen gobierno del agua.

El Doctor Cháirez obtuvo los resultados mediante revisión documental y aplicación de entrevistas a integrantes de la Contraloría que muestran el deterioro ambiental y social que se vive en México y particularmente en la Comarca Lagunera a partir de la Ley de Aguas Nacionales de 1992 y su Reglamento, que ha dado lugar a luchas sociales y últimamente, desde la sociedad, a la construcción de contralorías ciudadanas del agua.

Las contralorías autónomas del agua pretenden cambiar el modelo de gestión corporativo-extractivista impulsado desde el órgano político gobernante, por un modelo de gestión en el que las decisiones sean tomadas en consejos y asambleas incluyentes a cada escala de manejo, donde la voz y voto se sustenten en los derechos humanos y de los pueblos y los criterios de decisión se fundamenten en el bien común, la sustentabilidad, la equidad y la autodeterminación de los pueblos.

Algunos de los impactos sociales y ambientales que se observan en la Comarca Lagunera son la privatización-concentración-desnacionalización del agua superficial y subterránea, ambas del 75 al 80 % mayoritariamente por el sector pequeña propiedad y en menor escala por ejidatarios e hijos de ejidatarios con poder económico que imitan las acciones de los pequeños propietarios.

La presencia además de los agrodesplazados, ejidatarios que vendieron a "muerte" o rentan sus derechos de agua y tierra a ejidatarios o hijos de ejidatarios con poder económico, o bien, a pequeños propietarios.

El despojo recurrente de tierra y agua a beneficiarios directos de ejidatarios primordiales.

Y la existencia de superficie de riego excedente con agua del río Nazas en el Distrito de Riego 017.

El cálculo cuestionado de la demanda media anual de agua subterránea por los valores de extracción y recarga considerados en el balance hidrológico de un acuífero administrativo, como el llamado Principal de La Laguna.

La ilegalidad de algunas mesas directivas, la compra de delegados y venta ilegal de agua en algunos de los módulos de riego, respectivamente.

La escasez de agua provocada para consumo doméstico.

El incremento en el consumo de agua antigua con alto contenido de arsénico del Acuífero Principal 0523 -acuífero administrativo-, por la presencia de conos de abatimiento en la Zona Metropolitana, que permiten el flujo subterráneo de la zona lagunar hacia la zona urbana y que son muestra de la sobreexplotación a la que está sometido el acuífero.

Claro que antes de explicar los impactos sociales y ambientales a partir de la Ley de Aguas Nacionales de 1992 y su Reglamento, Cháirez Araiza establece un marco teórico y conceptual.

Describe en seguida la incidencia de la Contraloría Ciudadana Autónoma del Agua de La Laguna como ente para lograr el buen gobierno del agua.

Y detalla cinco logros de tal contraloría.

Primero, el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el amparo de revisión 543/2022 a favor de los demandantes -integrantes de dicha contraloría-, que estimó que las autoridades responsables -Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Comisión Nacional del Agua y Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte-, vulneraron en perjuicio de los solicitantes de amparo su derecho al agua, en relación con el medio ambiente, luego de que las autoridades fueron omisas en cumplir con su obligación de realizar una gestión sustentable de los recursos hídricos a través de medidas positivas para garantizar la preservación y evitar la sobreexplotación del acuífero Principal 0523, en el marco de sus atribuciones legales.

Segundo, el acceso a la revisión de expedientes de los derechos de agua de los usuarios del sector social en los archivos del Distrito de Riego 017.

Tercero, la construcción de Casas de Agua para combate del hidroarsenicismo en la parte nororiental del acuífero Principal 0523 Coahuila.

Cuarto, el ingreso de proyectos de tecnificación a la Comisión Nacional del Agua de usuarios del sector social para ser beneficiados con recursos del Proyecto Agua Saludable para La Laguna.

Quinto, la integración de la Contraloría Ciudadana del Agua de La Laguna a la Contraloría Nacional Autónoma del Agua.

Puede consultarse el artículo de Carlos Cháirez Araiza en elcotidianoenlinea.azc.uam.mx

@kardenche

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