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El último clavo en el ataúd de la fábrica de cianuro Chemours en La Laguna

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

Entrado el 2024 es pertinente recordar la noticia que publicó El Siglo de Torreón el 4 de diciembre pasado y que puede significar el último clavo en el ataúd de la fábrica de cianuro Chemours -ahora Draslovka- en La Laguna, centro norte de México. Se trató del desistimiento de la filial de Draslovka Holding a.s., Covoro Mining Solutions Mexicana, S. de R.L. de C.V. -antes The Chemours Company Mexicana S.A. de C.V.-, proveedora de la minería a cielo abierto, de la Autorización de Impacto Ambiental para su proyecto Laguna. De manera simultánea sigue el desmantelamiento de la planta química y permanecen dos campamentos de resistencia comunitaria en la zona de Dinamita, Durango, al pie de la Sierra del Sarnoso. Esta es una parte de la historia de cómo la multinacional fue derrotada también en tribunales.

En su noticia El Siglo enfatizó lo siguiente: El trámite [de desistimiento] efectuado es parte del proceso de cancelación del Proyecto Laguna adquirido por Draslovka México en la compra del segmento de soluciones mineras de Chemours en diciembre de 2021.

Según la nota, el 4 de diciembre se presentó el aviso de desistimiento de Autorización de Impacto Ambiental "AIA" (trámite Semarnat-04-005) ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

El trámite -añade- deja sin efecto la Autorización de Impacto Ambiental que fue originalmente concedida el 8 de mayo de 2017 (SGPA/DGIRA/DG. 03273) para la preparación del sitio, construcción y operación del proyecto.

La empresa, subraya, presentó el desistimiento de la AIA, "sin que ello implique un reconocimiento de irregularidades en el cumplimiento de sus términos y condicionantes por parte de la compañía".

Sin embargo, "el proyecto Chemours Laguna es ilegal", declaró el 22 de agosto de 2017 el Frente Unido de Pueblos de La Laguna en Defensa de la Vida y el Territorio cuando presentó su demanda de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Basaba su argumento en que en un proceso plagado de irregularidades, la DGIRA de la Semarnat indebidamente autorizó, el 8 de mayo de 2017, el Proyecto Chemours Laguna a instalarse en El Siete Pueblo Nuevo de Gómez Palacio, Durango.

Explicó: The Chemours Company presentó el 2 de marzo de 2017 la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA-P) del Proyecto Chemours Laguna con el propósito de obtener, por parte de la DGIRA, la autorización para la realización de obras y actividades contempladas en dicho proyecto, lo que implicaría la remoción de vegetación, cambio de uso de suelo forestal, uso de sustancias tóxicas en grandes cantidades y, en consecuencia, la afectación de ecosistemas.

"Sin embargo, la autorización debió ser denegada por parte de la autoridad ambiental ya que el predio en el que se pretende llevar a cabo el Proyecto está ubicado dentro de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) N° 49 del Programa de Ordenamiento Ecológico del Estado de Durango, que establece una política ambiental de restauración del territorio y de la UGA 19 del Ordenamiento Ecológico y Territorial del municipio de Gómez Palacio, que establece una política ambiental de conservación del territorio; además, el uso de suelo para ese territorio no contempla las actividades que se pretenden llevar a cabo".

Adicionalmente -dijo-, la Manifestación de Impacto Ambiental presentada por The Chemours Company contiene irregularidades que incumplen con lo dispuesto en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) con relación al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental presentando información inconsistente, incompleta, omisa y, en consecuencia, falsa, con relación a los impactos ambientales, a los documentos consultados, a las fuentes y a los riesgos a la salud pública.

Considerando las irregularidades del Proyecto Chemours Laguna, la laxitud de las normas oficiales mexicanas, la incapacidad material de las autoridades ambientales responsables de su aplicación y el hecho de que no existe manera de garantizar la falta de errores o de accidentes, la DGIRA de la Semarnat debió negar la autorización solicitada.

Así, el 22 de agosto de 2017 "un grupo de ciudadanos de las comunidades que resultarían afectadas con la construcción y puesta en marcha del proyecto denominado Chemours Laguna, han acudido ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa a demandar la nulidad de la resolución administrativa contenida en el Oficio N° SGPA/DGIRA/DGO3273 de fecha 8 de mayo de 2017, dictada por la DGIRA de la Semarnat".

Incumplía lo dispuesto en la LGEEPA, así como en diversos instrumentos de política ambiental que la misma regula. La resolución administrativa impugnada violaba los derechos humanos de legalidad y seguridad jurídica, así como el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de los pueblos consagrado en la Constitución mexicana.

El Tribunal declaró nula la Autorización de Impacto Ambiental del Proyecto Chemours Laguna a fines de 2020.

El desistimiento de la Chemours marca ahora el último clavo de su ataúd, pero falta lo que falta.

@kardenche

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