INFONAVIT: Por esta razón, es fundamental incluir tu casa en tu testamento
Infonavit ofrece un Seguro por Defunción en todos sus créditos, que liquida la deuda pendiente en caso de fallecimiento del acreditado. Este seguro asegura que la carga financiera no recaiga sobre los familiares del titular, proporcionando alivio económico.
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) ha hecho una recomendación, pues ha sugerido a todos aquellos que hayan comprado una casa con un crédito Infonavit, y que aún no terminan de pagarla, sea incluida en su testamento, ya que es la única forma de legal de garantizar que quede a quien el dueño decida.
Por medio de un comunicado el Infonavit informó que: "En septiembre, el mes del testamento, te invitamos a aprovechar los descuentos de hasta el 50% que ofrecen las notarías en todo el país para que elabores este documento y decidas quién heredará tus bienes en caso de que llegaras a faltar".
Cabe destacar que el Instituto ofrece un Seguro por Defunción en todos sus créditos. Este seguro liquida la deuda pendiente si el acreditado fallece, garantizando que la carga financiera no recaiga sobre sus familiares. Esto significa que los beneficiarios no heredarán ninguna deuda y no tendrán que continuar pagando el crédito.
¿Quién puede tramitar el Seguro por Defunción?
O bien, cualquier persona puede llamar a Infonatel (800 008 3900) o acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) con los documentos originales del acreditado y las escrituras originales de la vivienda.
Para aplicar el seguro, se deben seguir estos pasos:
- Genera un número de caso. Llama a Infonatel (800 008 3900) y solicita un número de caso bajo el concepto de autoseguro por defunción. Proporciona tu nombre completo, correo electrónico, teléfono y el Número de Seguridad Social (NSS) de la persona fallecida.
- Sube la documentación. Una vez obtenido el número de caso, ingresa a la página https://bit.ly/3PupLs3 y sube los siguientes documentos escaneados:Identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y el acta de defunción de la persona acreditada.