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Juez ordena frenar promulgación de reforma judicial de López Obrador

Reforma permitirá que haya elecciones populares de todos los juzgadores

Juez ordena frenar promulgación de reforma judicial de López Obrador

Juez ordena frenar promulgación de reforma judicial de López Obrador

EL SIGLO DE TORREÓN | AGENCIAS

Un juez concedió este viernes 13 de septiembre un amparo con el que ordenó frenar la promulgación el próximo domingo 15 de la polémica reforma judicial del Presidente, Andrés Manuel López Obrador, para que haya elecciones populares de todos los juzgadores, magistrados y la Suprema Corte.

El Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Colima dictó una suspensión provisional, hasta el 11 de octubre.

Con el expediente 1125/2024 es el cuarto fallo contra el proceso legislativo de la reforma que dictan los jueces en México.

Pero este también ordena que "en caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación".

Algunos juzgados aún atienden asuntos urgentes, aunque existe un paro nacional del Poder Judicial desde el 21 de agosto porque los trabajadores y jueces denuncian que la iniciativa de López Obrador afectaría sus derechos laborales, acabaría la carrera judicial y permitiría la intromisión de "grupos de interés" en la justicia.

Pese a la relevancia de este último amparo, el Congreso ignoró órdenes anteriores del Poder Judicial para frenar el debate de la reforma que instaurará a partir de junio de 2025 comicios populares de jueces, magistrados y la Suprema Corte, además de crear un Tribunal de Disciplina Judicial para castigar a juzgadores.

Asimismo, López Obrador adelantó el miércoles que "no hay un fundamento legal para detener la reforma a la Constitución", por lo que el jueves anunció que, pese a los posibles recursos legales para frenarla, promulgaría el próximo domingo la iniciativa para celebrar el Grito de la Independencia.

"Es una reforma importantísima, es reafirmar que en México hay una auténtica democracia, que el pueblo elige a sus representantes, que el pueblo elige a los servidores públicos de los tres poderes, que esa es la democracia", declaró.

Tribunal ordena suspender publicación de la reforma judicial

 Al resolver un recurso de queja, un Tribunal Colegiado ordenó suspender la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hasta que un juez de Distrito resuelva si concede la suspensión definitiva a una asociación civil que impugnó el dictamen aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados.

Por unanimidad de votos, los magistrados del colegiado declararon fundada la queja de la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, contra los efectos de la suspensión provisional que un juez les otorgó en el amparo que tramitó para que no se llevara a cabo la discusión y aprobación de la reforma judicial en las cámaras de Diputados y Senadores.

En consecuencia, los magistrados consideraron procedente modificar la resolución del juez y otorgarle a la asociación la medida cautelar, pues la publicación y entrada en vigor de la reforma ocasionaría daños y perjuicios de imposible reparación.

"Por resultar parcialmente fundados los agravios hechos valer, lo procedente es declarar fundado el presente recurso de queja y modificar los efectos de la suspensión, para que las autoridades responsables no materialicen los actos reclamados, esto es:

"Que no se lleve a cabo la discusión y aprobación de la iniciativa de reforma a la Constitución, en las Cámaras de Diputados y Senadores".

"Que no se lleve a cabo la discusión y aprobación de la iniciativa de reforma a la Constitución en las legislaturas de los Estados de la República Mexicana y de la Ciudad de México, en específico el tema jurídico relativo al Poder Judicial".

"En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe [ver artículo 135 constitucional], por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación".

Los magistrados señalaron que la pretensión de la reforma judicial es clara en cuanto a que tiene como fin o efecto "desaparecer el Poder Judicial de la Federación como fue establecido por el Poder Constituyente en la Carta Fundamental".

El Tribunal Colegiado rechazó la solicitud de la fundación para que se pidiera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ejerciera su facultad de atracción, toda vez que en este asunto se están analizando cuestiones relacionadas con la suspensión provisional, las cuales deben resolverse dentro del plazo legal de 48 horas.

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