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Realizarán una brigada del Registro Civil en el DIF San Pedro

Caro Fuentes Rubio destacó que la actividad ofrece a los ciudadanos documentos de forma rápida y económica

Realizarán una brigada del Registro Civil en el DIF San Pedro

Realizarán una brigada del Registro Civil en el DIF San Pedro

MARY VÁZQUEZ.-

Se llevará a cabo una brigada del registro civil mañana jueves 22 de agosto, en las instalaciones del DIF San Pedro a partir de las 09:00 horas.

Bajo el lema, “Mejora Pa’ Delante” en está jornada de trámites documentos participan la Dirección del Registro Civil en Coahuila, el DIF municipal y el Ayuntamiento de San Pedro, en la cual se ofrecerán servicios de expedición o aclaración de actas de nacimiento, actas de divorcio o defunción, entre otros tramites a precios accesibles.

La presidenta del organismo asistencial, Caro Fuentes Rubio destacó que, la actividad brinda a los ciudadanos una oportunidad para obtener los documentos de forma rápida, eficiente y económica.

DOCUMENTOS QUE NECESITAN

Para aclaración de actas, ya sea de alguno de los apellidos, datos del padre o madre o de los abuelos, deben presentar la siguiente documentación: acta de nacimiento del padre o la madre (según el caso) e identificación con fotografía.

Para aclarar el nombre del registrado deben presentar: copia certificada del libro oficial, documentos escolares (si los tiene), acta de nacimiento de los hijos, pasaporte, acta de matrimonio, documentos IMSS o ISSSTE, documentos de la Secretaría de Hacienda, credencial de Elector

En el caso de aclaración de la fecha de nacimiento del registrado (día y mes): copia certificada del libro de la oficialía, fe de bautismo, cartilla militar, pasaporte, identificación oficial, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), documentos IMSS o ISSSTE

Aclaración del lugar de nacimiento del registrado, fe de bautismo o cartilla militar, acta de matrimonio, pasaporte, identificación oficial.

Para la aclaración de un acta de matrimonio: la aclaración deberá ser solicitada por el cónyuge de cuyo error se trate, si se refiere a los datos de los contrayentes y/o de sus padres, se requiere el acta de nacimiento del contrayente que tenga el error además de su identificación, si uno de los cónyuges ya falleció se anexará el acta de defunción.

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