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Reforma Judicial

Regidores de Morena rechazan reforma judicial en Coahuila por requisito adicional

Argumentan que el requisito no está en la reforma federal y limita la participación ciudadana

MARÍA ELENA HOLGUÍN

La fracción de regidores de Morena votó en contra del dictamen del Congreso del Estado sobre la reforma constitucional que dará lugar a la elección de jueces, como parte de la reforma al Poder Judicial, y cuyo acuerdo fue avalado por mayoría del Cabildo en la sesión virtual que se desarrolló el lunes por la tarde.

Lo anterior, debido a que en la propuesta del Congreso del Estado de Coahuila se introduce un requisito adicional que no está considerado en la reforma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 15 de septiembre, y que se refiere a solicitar a quienes estén interesados en aspirar a una candidatura judicial, contar con la “certificación de perfil judicial idóneo”.

Dicha certificación, según el dictamen del Congreso estatal, sería expedido por la institución encargada de la formación judicial de Poder Judicial en el estado.

Los ediles de la fracción morenista en Torreón señalaron que dicho requisito no forma parte de la reforma constitucional que se aprobó por parte del Congreso de la Unión y, además, limita la participación de los abogados, violando con ello el propósito de inclusión y apertura ciudadana que debería caracterizar a un proceso de esa naturaleza.

Por otra parte, al establecer que la certificación será expedida por el instituto de la formación judicial del Poder Judicial de Coahuila “se abre la posibilidad de discrecionalidad en la emisión de dichas certificaciones”, según el posicionamiento.

Esto podría derivar en prácticas de abuso de poder o favoritismo, lo que contraviene los principios de transparencia y equidad, aunado a que no se garantizar un proceso inclusivo, transparente y abierto a la ciudadanía.

El dictamen fue presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentación del Ayuntamiento, y contempla la modificación a la fracción tercera del artículo 18; el primer párrafo de la fracción 17; las fracciones 18, 22 y 40 del artículo 67; la fracción 5 del artículo 73 y la fracción 23 del artículo 82.

También se modifican los artículos 135, 136, 137, 138, 139, 142, 143, 144, 145 y hasta el 150; los artículos 152, 153 y 163, además de la fracción primera del artículo 167.

Por otra parte, se adiciona un quinto párrafo a la fracción primera del artículo 19; el artículo 127 bis y un segundo párrafo al artículo 141 y se deroga el artículo 136 A, todos de la Constitución Política del Estado, según el dictamen que la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza remitió a los 38 ayuntamientos para su aval.

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