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Tribunal da revés a Sedena en aduanas
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Tribunal da revés a Sedena en aduanas

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa declaró inconstitucional el 12 de enero el Reglamento de la ANAM

AGENCIA REFORMA

Un tribunal federal concluyó que es inconstitucional el decretazo mediante el cual el presidente Andrés Manuel López Obrador le quitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) el control de las aduanas del país para que quedara en manos de las Secretarías de la Defensa y de la Marina.

La sentencia advierte que López Obrador actuó ilegalmente al quitarle al SAT, sin reforma legal de por medio, todas las funciones de control aduanero para dárselas a una agencia creada por él mismo en 2021.

Fue el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa el que declaró inconstitucional el 12 de enero el Reglamento de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), expedido por AMLO, pues el Congreso tenía que haber reformado la Ley del SAT para transferirle estas funciones al nuevo órgano, lo que no sucedió.

Esta sentencia solo beneficia a un agente aduanal para dejar sin efectos un crédito fiscal fincado por el Administrador de la Aduana de Manzanillo, pero es un precedente que evidencia la fragilidad jurídica de la operación de la ANAM y podría ser utilizado por otras empresas para ganar litigios en materia fiscal y de comercio exterior.

"Las atribuciones del SAT le fueron asignadas por el Poder Legislativo a través de la ley que lo rige, con el propósito de que fueran de su ejercicio exclusivo, auxiliándose únicamente para ello de las unidades administrativas que le estarían adscritas y subordinadas", explicó el tribunal que revisó el caso.

"De esta manera, la dotación de esas atribuciones a la ANAM, en su calidad de órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que el Presidente de la República realizó por la vía de su Reglamento Interior, carece de asidero en la ley que pretende reglamentar. Por el contrario, abiertamente contraviene las disposiciones de la ley, lo que es contrario al principio de subordinación jerárquica", agregó.

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Esta sentencia solo beneficia a un agente aduanal para dejar sin efectos un crédito fiscal fincado por el Administrador de la Aduana de Manzanillo. (ARCHIVO)

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