Columnas la Laguna Columnas La Laguna Editorial

Columnas

Vida Campirana

SOLO PARA VETERINARIOS… LAS RECETAS MÉDICAS CUANTIFICADAS Y SU IMPORTANCIA

MVZ. MARTHA LOURDES ROBLES ARELLANO

SOLO PARA VETERINARIOS… LAS RECETAS MÉDICAS CUANTIFICADAS Y SU IMPORTANCIA

El tema que hoy hemos de tratar es exclusivo para médicos veterinarios zootecnistas, es acerca de la Norma Oficial Mexicana NOM-064-ZOO-2000, la que trata acerca de los lineamientos para la clasificación y prescripción de productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingredientes activos, como son los psicotrópicos, estupefacientes, anabólicos y hormonales.

Esta es una norma de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, la vigilancia de esta corresponde a la Sader, aplica a farmacias, distribuidoras, médicos veterinarios y unidades de producción.

Los productos farmacéuticos veterinarios se clasifican en 3 grupos:

Hoy nos ocuparemos solo del Grupo I, al que corresponden los productos farmacéuticos veterinarios que contienen activos restringidos, y que para adquirirlos se requiere receta médica cuantificada.

La receta médica cuantificada es un documento auditable necesario para la prescripción de un producto farmacéutico de este grupo, emitida por un médico veterinario con cédula profesional, este documento debe contener un folio consecutivo autorizado por la SADER. Estos folios son autorizados de manera gratuita en las oficinas de SENASICA de esta dependencia en todo el país, previa solicitud por escrito acompañada de la cédula profesional en original, para cotejar y copia, una copia de comprobante de domicilio del interesado.

Una vez que son autorizados los folios, se le entrega al solicitante un modelo de receta sugerida para su elaboración en una imprenta, la cual deberá ser preferentemente un establecimiento autorizado, donde se hacen documentos oficiales.

La receta médica cuantificada se realiza por duplicado, el tamaño no es definido; sin embargo, se recomienda tamaño media carta, en cuanto al color la norma no lo establece, por lo general las imprentas emplean el blanco para el original y la copia en color, esto con el fin de diferenciarlos. La norma no restringe el uso de logotipos o imágenes, siempre y cuando se apeguen al modelo con los datos requeridos, deberá de incluir la leyenda "Reservado al tratamiento de animales".

Una vez emitida una receta cuantificada, la original la conserva el establecimiento que surtió al consumidor final y la copia la conserva el médico veterinario que prescribió la receta, estos documentos son auditables y deben resguardarse por lo menos un año y aplica al negocio que surtió y al médico que prescribió.

No existe límite para extender recetas médica cuantificadas, siempre y cuando se rinda informe de las recetas autorizadas anteriormente, así como también se haga buen uso de ellas, ya que el médico es consciente de su responsabilidad y que su cédula ampara cada una de ellas, la norma refiere también al libro de control de ventas, que son las entradas y salidas que solo lo deberán llevar aquellos establecimientos que tengan venta al consumidor final.

En caso de distribuidores que surtan a farmacias productos que contengan ingredientes activos clasificados en el Grupo I, deberán llevar un registro de los productos que venden a farmacias este deberá incluir:

a) Fecha.

b) Nombre del producto.

c) Número de lote.

d) Número de unidades vendidas.

e) Datos generales de la farmacia (nombre dirección teléfonos).

A los médicos veterinarios que trabajan en farmacias veterinarias, tengan presente que las recetas médicas cuantificadas deben surtirse por una sola vez, registrarse en un libro de control de ventas (entradas y salidas) cancelarse, retenerse y ser custodiadas por el propietario y/o responsable de la administración de la farmacia veterinaria, distribuidora de medicamentos y/o el establecimiento comercializador que la surta durante un periodo mínimo de un año; como mencioné anteriormente es también para el médico veterinario que la prescribió el mismo periodo.

El libro de control de ventas del que se hizo referencia para los productos veterinarios del Grupo I, deben contener la siguiente información: Fecha, número de folio de la receta médica, nombre del producto, nombre del laboratorio, productor, número de lote del producto, cantidad de unidades surtidas.

La utilización de recetas médicas cuantificadas o simples, tienen como objetivo conducir al médico veterinario zootecnista, negocios que comercialicen productos farmacéuticos para uso en animales, así como a los productores pecuarios, hacia una nueva cultura para responsabilizarnos sobre el uso y prescripción de medicamentos, y disminuir el uso indiscriminado, así como evitar el abuso y desvío de dichos productos.

Y como siempre al finalizar, un pensamiento ilustre alusivo a la temática de hoy, para reflexionar.

"La medicina cura al hombre, la medicina veterinaria cura la humanidad"

Luis Pasteur (1822-1895)

Químico, Fisco, Matemático y Bacteriólogo Francés

FELIZ DOMINGO PARA TODOS

"COMUNICAR ES SERVIR"

Leer más de Columnas la Laguna

Escrito en: Columnas editorial

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Columnas la Laguna

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 2343089

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx