
Contadores señalan deficiencias del portal del SAT en plena Declaración Anual de las empresas
Las empresas tienen hasta el 31 de marzo para presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sin embargo, señalan fallas en el portal digital, que no ha funcionado al 100 por ciento e incluso queda fuera de servicio durante sábados y domingos.
Rafael Saavedra Urbina, contador público, recomendó a los empresarios que cuenten con la depuración contable debidamente soportada y sobre todo, cotejada con los CFDI que se han expedido y que tiene en su poder el SAT para evitar inconsistencias en las cifras y que esas sean después motivo de que exista alguna probable anomalía o deficiencia en el llenado de la declaración.
"Eso es por un lado y la otra tiene que ver mucho con la modificación del portal del SAT que hubo recientemente, que desafortunadamente no ha estado funcionando al 100% y tenemos conocimiento de que no está funcionando ni sábados ni domingos, entonces sí hay que dedicarle más tiempo, tener todo lo preparado para que realmente se presente en tiempo y forma, porque ante todos los cambios que ha habido en la plataforma del SAT, todavía no están debidamente soportados y solventados", explicó el expresidente del Colegio de Contadores Públicos en La Laguna.
Recordó que las personas morales deben presentar su Declaración Anual antes de que concluya el presente mes, de lo contrario, se pueden hacer acreedores a una sanción económica, que varían desde los 15 mil pesos hasta los 70 mil u 80 mil pesos, según la tardanza en manifestar la declaración ya después del día 31 de marzo.
"Más que nada, afecta también al desarrollo de las actividades, porque muchos proveedores o clientes ya solicitan que también presenten el acuse de recibo para poderles seguir pagando. Entonces, también tenemos el otro control por parte de los clientes", comentó.
La Declaración Anual de las personas morales cual cuenta con precarga de información en los siguientes rubros: Ingresos de pagos provisionales efectivamente pagados; Devoluciones, descuentos y bonificaciones; CFDI de tipo ingreso y egreso; Retenciones efectivamente pagadas; ISR sueldos y salarios; ISR asimilados a salarios; ISR servicios profesionales y RESICO; ISR arrendamiento; Nómina pagada de salarios; Nómina pagada de asimilados; PTU pagada; Retenciones de ISR salarios y asimilados efectuadas; Subsidio al empleo aplicado; Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores pagadas; Pérdidas fiscales; Pagos al extranjero; Dividendos; Subsidio para el empleo.
Las empresas deben tener servicio de banca electrónica ya que, de obtener un saldo a cargo, este debe solventarse por transferencia electrónica, a través del banco de su preferencia.