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IMSS: ¿Puedes perder la pensión por viudez si te vuelves a casar?
El Instituto Mexicano del Seguro Social pone a disposición de los trabajadores mexicanos una serie de apoyos económicos destinados a su protección, tal como la pensión de viudez, que es una ayuda financiera para aquellos que perdieron a su cónyuge. Aunque la Ley del Seguro Social señalaba su suspensión en caso de volver a contraer nupcias, recientes resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) provocaron modificaciones.
Previo a la resolución de la SCJN, la pensión por viudez podía cancelarse en caso de iniciar concubinato, contraer matrimonio nuevamente o realizar una modificación de pensión por finiquito por contraer nuevas nupcias. En el último, el pago mensual se suspendía y se otorgaba un finiquito que equivalía a tres años de pensión.
¿Es posible conservar la pensión de viudez si me vuelvo a casar en 2025?
A través de diversos comunicados de prensa, la Segunda Sala de la SCJN determinó al artículo 155 de la Ley del Seguro Social como inconstitucional, puesto que "la pérdida del derecho a la pensión implica un trato diferenciado e injustificado", lo que "resulta contrario a los principios de igualdad y no discriminación y a los derechos fundamentales a la familia y a la seguridad social".
Ante ello, las resoluciones de la SCJN dieron lugar a que los mexicanos que reciban pensión por viudez no perderán el derecho de dar el sí nuevamente o de vivir en concubinato. Aun así, es necesario notificar al IMSS el fallecimiento del cónyuge.
Requisitos para solicitar la pensión de viudez
La pensión de viudez puede otorgarse al cónyuge viudo de la persona asegurada o pensionada fallecida. También aplica en caso de concubinato siempre y cuando hayan vivido juntos como si fuera su matrimonio durante los cinco años previos inmediatos a su muerte o con quien procreó o registró hijas o hijos.
Lo anterior es válido si ambas partes estaban libres de matrimonio durante el concubinato o la persona con quien suscribió unión civil. No aplicará en caso de que la persona asegurada fallecida tuviera varios concubinas o concubinarios.
Además, para solicitar la pensión de viudez es necesario que la persona asegurada fallecida cumpla con los requisitos que estipula el IMSS:
- Que, al momento de la muerte, por causa distinta a un riesgo de trabajo, la persona asegurada fallecida haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización.
- Debe encontrarse vigente en sus derechos o estar dentro del periodo de conservación de derechos.
- La persona asegurada fallecida por un riesgo de trabajo no requiere haber cubierto un mínimo de semanas de cotización.
- La persona viuda debe acreditar el vínculo matrimonial o la relación de concubinato en los términos señalados en la Ley del Seguro Social.
- Si el fallecimiento de la persona asegurada deriva de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, proporcionado por los servicios de Salud en el Trabajo.
Para consultar la documentación necesaria debes ingresar al siguiente enlace: solicitud de pensión de viudez.
¿Cuándo se pagan las pensiones del IMSS en 2025?
El calendario oficial destaca las fechas enlistadas a continuación:
- 02 de enero
- 04 de febrero
- 03 de marzo
- 01 de abril
- 02 de mayo
- 02 de junio
- 01 de julio
- 01 de agosto
- 01 de septiembre
- 01 de octubre
- 03 de noviembre
- 01 de diciembre