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Los derechos laborales frente a la realidad del mercado de trabajo en México

MAURO SOTO RUBIO

En marzo se acaban de presentar un paquete de iniciativas de reformas que intentan garantizar algunos derechos laborales en México.

Algunas no tendrán problema en generar un consenso legislativo, como la famosa iniciativa “Ley Vaso de Agua”, que busca reconocer el derecho al agua en el trabajo. Otras en cambio enfrentarán mayor resistencia dentro y fuera de la esfera legislativa. Entre estas últimas se encuentran un conjunto de medidas que pretenden reducir los riesgos psicosociales del trabajador mediante la prohibición a los empleadores de imponer cargas de trabajo que excedan la capacidad del trabajador, así como exigir la disponibilidad permanente de éste a través de medios digitales, entre las más importantes.

En principio, me parece que una gran mayoría estaríamos de acuerdo con la aplicación de cualquier disposición legal encaminada a cuidar la salud de los trabajadores. Un reto no menor sería establecer el “cómo” ¿Quiénes y cómo podrían definir una “carga excesiva” para una enorme variedad de puestos de trabajo y quiénes serían los encargados de observar que esta medida se cumpliera o de sancionar cuando se viole esta disposición? ¿La Secretaría del Trabajo? ¿Con qué recursos? ¿Mediante queja o demanda legal por parte del trabajador?

La otra medida, la desconexión digital, pareciera no tener mayor problema teórico o técnico pues consistiría en no obligar al trabajador a atender labores como videoconferencias, llamadas o incluso, tareas adicionales para realizar fuera del trabajo.

Claro que existen criterios generales que ayudan a identificar lo que se puede considerar una carga excesiva de trabajo, como jornadas de trabajo que excedan el tiempo plasmado en nuestra Constitución, una práctica muy frecuente en nuestro país y sin retribución económica en una buena parte de los puestos de confianza. Desde luego que no podrían ser medidas intransigentes, pero sí que incentivaran que la sobre carga o el trabajo extra desde casa sean una excepción y no la regla, además de que vengan acompañadas de cierta remuneración.

Pero el “elefante en la sala”, ausente en la discusión, me parece que es la precariedad del mercado laboral en el país. Según las cifras más recientes del INEGI, el subempleo en México es de 8.2%, es decir, aquellas personas que trabajan menos de 35 horas a la semana y que están dispuestas a hacerlo más tiempo, mientras que el mercado informal es de 54.5%. Aunque sobra decir que eso no se traduce en que más del 62% de los trabajadores puede o quiere ocupar un determinado puesto laboral al que se le adjudica una sobre carga de trabajo, sí incrementa mucho la probabilidad de encontrar un reemplazo.

La carga de trabajo excesiva existe en México y en todo el mundo, aunque con contraprestaciones muy diferentes para los trabajadores en países desarrollados y con un Estado de bienestar consolidado. Ojalá y ese fuera el problema a resolver en el mercado laboral del país. Pero con más de la mitad de los trabajadores sin prestaciones sociales (aguinaldo, vacaciones, seguridad social, ahorro para el retiro y la vivienda, etc.), más otro tanto que no logra insertarse por completo en la formalidad, es más que evidente que el problema no está en el descanso (merecido) de los trabajadores, sino en la falta de trabajo digno y suficiente (como dice la Constitución), aunque resulte un poco cansado. 

Dr. Mauro Soto RubioInvestigador y consultor en economía y políticas públicas

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