Gómez Palacio y Lerdo Medio Ambiente Ayuntamiento de Gómez Palacio San Valentín Gómez Palacio Salud

Ayuntamiento Gómez Palacio

Se denunciarán secretario y regidor en Gómez Palacio

Uno señala discriminación, el otro amenazas de muerte

Durante sesión de Cabildo, secretario y regidor hicieron señalamientos públicos. (DIANA GONZÁLEZ)

Durante sesión de Cabildo, secretario y regidor hicieron señalamientos públicos. (DIANA GONZÁLEZ)

DIANA GONZÁLEZ

Fue en el punto de Asuntos Generales de la sesión ordinaria de Cabildo, celebrada este jueves 13 de febrero, donde el secretario del Ayuntamiento, Vicente Reyes, hizo el señalamiento público de sentirse discriminado porque el regidor de Morena, Armando Navarro, lo ha llamado “empleado”, mientras que por su parte, Navarro, aseguró que Reyes lo amenazó de muerte en una ocasión. 

“Han sido innumerables las ocasiones en las cuales el regidor Armando Navarro, miembro de su bancada ha faltado al orden, al respeto de este cuerpo colegiado, según el reglamento”, dijo el secretario del Ayuntamiento, Vicente Reyes, dirigiéndose a Yahir Vitela, regidor de Morena y coordinador de esta fracción en el Cabildo.

También dijo que Vitela le ha pedido en dos ocasiones poner orden con respecto a las intervenciones de Navarro, como miembro de su misma bancada. Reyes también dijo que daría vista de lo anterior a la Contraloría Municipal, porque se siente discriminado cuando el regidor Navarro lo llama empleado. 

“Van 3 veces que en un tono despectivo y discriminante, el señor me ha llamado empleado”, dijo el secretario ante el Cabildo en pleno y consideró esto como un acto de discriminación hacia su persona: “No creo correcto que se dirija a mí de esa manera y entonces voy a actuar en consecuencia”, advirtió Reyes.

La respuesta del regidor Navarro fue: “Quiero compartirles que en cierta ocasión, que me citó en sus despacho para reclamarme el que yo había dado a conocer públicamente que la Secretaría del Ayuntamiento registra 83 millones de pesos anuales, en el año pasado, ahí me amenazó de muerte, quede claro, he sido amenazado por el secretario del Ayuntamiento. Esto lo voy a pasar a Gobernación”, señaló el regidor de Morena, Armando Navarro. 

A lo anterior, el secretario del Ayuntamiento sonrío ligeramente y dijo: “Bien. Ese es otro delito, ese es otro delito...Muy amable, regidor. Solo, me da los materiales”, acotó el secretario quien de inmediato dio por clausurada la sesión, que en esta ocasión fue extensa. Cabe destacar que la sesión fue presidida por la regidora Claudia Galán, debido a que por motivos de agenda privada, no pudo estar presente la alcaldesa, Leticia Herrera Ale. 

La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango, establece en su Artículo 21 que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, “integrado por un Presidente Municipal, un síndico y el número de regidores” y se establece en su fracción II que en el caso de Gómez Palacio y Lerdo serán 15 regidores. 

¿QUÉ DICE LA LEY? 

De acuerdo con la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango, el cargo de secretario del Ayuntamiento no es un cargo de elección popular, como en el caso de presidentes, regidores o síndicos que integran el Cabildo. En cada administración municipal, el secretario del Ayuntamiento será nombrado por el presidente(a) municipal y ratificado por el Ayuntamiento (a través del Cabildo).

El Artículo 24 señala: “Cada Ayuntamiento tendrá un secretario, un tesorero o su equivalente, y los demás servidores públicos y empleados que señala esta Ley, el reglamento interior y el presupuesto de egresos”. 

En el caso de presidentes, síndicos y regidores la ley indica que pueden participar en las sesiones con derecho a voz y voto, mientras que la figura de secretario del Ayuntamiento tiene derecho a voz pero no a voto. No obstante, el secretario del Ayuntamiento tiene múltiples facultades, entre ellas la de auxiliar al presidente municipal (presidenta en este caso) en la conducción de la política interior del municipio, citar a las sesiones de Cabildo, formular las actas de sesiones del Ayuntamiento y asentarlas en los libros correspondientes y según el Artículo 83 de la misma ley: 

“El Ayuntamiento podrá remover libremente ó suspender temporalmente al Secretario por causa justificada, oyéndolo en defensa”. 

Según el Artículo 43, compete al presidente municipal, ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento y carecen de facultades de autoridad directa y de ejercicio de jurisdicción, tanto los ayuntamientos como cuerpos colegiados, así como los regidores y el síndico. 

“Es obligación del síndico y los regidores, poner en conocimiento del Ayuntamiento las omisiones o irregularidades que adviertan a la administración municipal, a fin de que se tomen los acuerdos correspondientes”, cita el mismo Artículo.

Leer más de Gómez Palacio y Lerdo

Escrito en: Gómez Palacio Cabildo de Gómez Palacio Ayuntamiento Gómez Palacio Ayuntamiento de Gómez Palacio

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Gómez Palacio y Lerdo

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Durante sesión de Cabildo, secretario y regidor hicieron señalamientos públicos. (DIANA GONZÁLEZ)

Clasificados

ID: 2362469

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx