
Se excede en cobros Simas Rural con usuario y CDHEC lo reprende, deberá restituir el pago
Al considerar que el Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento de Torreón - Matamoros (Simas Rural) no sujetó su actuar a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, transparencia y respeto a los derechos humanos, y tampoco con el deber de conducirse con dedicación y disciplina, la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Coahuila (CDHEC) emitió la recomendación número 01/2025 en su contra por una violación al Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica.
De acuerdo al expediente CDHEC/2/X/X/Q, dos personas fueron vulneradas en sus derechos humanos, particularmente en su derecho a la legalidad y seguridad jurídica, toda vez que, a partir del mes de abril de 2023, en su recibo mensual de pago de agua advirtieron que reciben el doble de la cantidad que habían estado pagando con regularidad, sin recibir justificación alguna por parte del personal de Simas Rural, omitiendo precisar debidamente el fundamento y motivo que consideraron para realizar dicho cobro, aún y cuando en su carácter de funcionarios públicos tienen la obligación legal de hacerlo.
En este sentido, uno de los agraviados solicitó la devolución del exceso en los cobros mensuales, argumentando que ese proceder es únicamente hacia su persona ya que al resto de sus vecinos se les sigue cobrando la cantidad correspondiente, circunstancia que actualiza una violación a los derechos humanos de la parte agraviada en la modalidad de falta de fundamentación y motivación legal.
Cabe mencionar que el quejoso atribuyó el comportamiento de los inspectores a que cuenta con propaganda de un candidato del PT en su domicilio, distinta al del partido político en el poder.
Por su parte, el gerente general del Simas Rural, en el informe pormenorizado que le fuera solicitado con motivo de la inconformidad, señaló que debido a la situación de las ultimas sequias que impera en la región, se han visto en la necesidad de aplicar medidas de concientización al ciudad del agua para poder proporcionar el servicio correcto, asimismo indicó que “…la instalación de medidores en predios y/o establecimientos no debe de ser molestia alguna para los usuarios pues es una medida que nos ayuda a la concientización y cuidado del líquido vital, que hoy en día es un problema mundial que estamos viviendo y a su vez con la instalación de medidores no hay margen de error en el cobro de consumo mensual pues con las lecturas realizadas se hará el cobro justo del mismo…”, negando haber actuado de forma arbitraria o fuera de la ley.
El agraviado señaló que les aumentaron el cobro del servicio de agua al doble, sin darles ninguna justificación de las razones por las cuales eso había ocurrido, asimismo la parte agraviada indicó que a la mayoría de sus vecinos les cobran casi la mitad de esa tarifa, además señaló que “…hasta la fecha no contamos con medidor de agua en nuestro domicilio…”
La CDHEC señaló que el personal de Simas Rural en su carácter de autoridad prestadora de un servicio público, fue omisa en dar respuesta respecto del hecho real manifestado en la queja, aunado a que, en el informe pormenorizado lejos de justificar el cobro de la tarifa de agua al quejoso, dadas sus manifestaciones robustece la ilegalidad en la falta de instalación de un medidor de agua que incide en cobros diferenciados sin motivo, fundamento ni causa legal alguna que así lo justifique, ya que como ha quedado demostrado, el quejoso no contaba con medidor de agua, tampoco sus vecinos, sin embargo todos pagaban un consumo de agua mucho menor que el
quejoso y por otro lado, no se ocupó de justificar su actuación, aunado a que nunca contesta el requerimiento de informe adicional solicitado ni la propuesta de conciliación presentada por la Comisión de Derechos Humanos para brindar una solución al tema específico.
La CDHEC consideró que tales conductas realizadas por el personal de Simas Rural devienen en el incumplimiento del deber de evitar todo acto u omisión que produzca deficiencia en su encargo, puesto que, transgredieron los parámetros y protocolos establecidos por la normativa correspondiente. En este sentido, solicitó que se implementen medidas de restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y de no repetición, resultando aplicables al caso concreto.
Entre otras acciones, la Comisión señaló que se deberán instalar medidores de agua en las zonas que abarca el Simas Rural en forma homologada y uniforme a todos los vecinos del sector o el retiro del medidor instalado en el domicilio de la parte quejosa, sin costo para el usuario, así como la restitución de la cantidad que cubrió como excedente en el recibo mensual de pago de agua, a partir del mes de abril de 2023 hasta su regularización.