Profeco / Cinépolis / Emilia Pérez (ESPECIAL)
La película extranjera Emilia Pérez continúa siendo motivo de polémica, pues pese a que acaba de estrenarse en México, está ya ha apuesto en apuros a la empresa dedicada al entretenimiento Cinépolis, luego de que un usuario presentara una queja de inconformidad con la cinta ante el cine, lo que incluso llevó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) a poner manos en el asunto.
Y es que tras estrenarse el jueves la cinta del director francés Jacques Audiard, un usuario solicitó por medio de X (antes Twitter) un rembolso a Cinépolis, pues siguiendo su 'política de garantía', dijo 'estar inconforme con su experiencia viendo la película Emilia Pérez'.
"Para la #GarantiaCinepolis debo reclamar el regreso de mi dinero 30 minutos después de iniciada la función o iniciada la película como tal? Pregunta seria", escribió el usuario.
Sin embargo, el cine se justificó ante dicho reclamo alegando que 'la Garantía Cinépolis es sólo un sello de recomendación'.
"Hola. La Garantía Cinépolis es únicamente un sello de recomendación para el público. Agradeceré tu comprensión", contestó la empresa.
https://x.com/Cinepolis/status/1881523544678642014
Tras dicha respuesta, usuarios no tardaron en expresar su inconformidad, lo que llevó a varios a recurrir a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Tras la controversia ocurrida entre Cinépolis y el usuario inconforme con Emilia Pérez, la Profeco se pronunció mediante un comunicado para señalar que 'ya están en pláticas con el cine'.
"Para garantizar los derechos de las personas consumidoras, Cinépolis está colaborando con Profeco para precisar los términos y condiciones de su garantía con base en lo estipulado en la Ley”, dijeron en un 'tuit'.
¿Cinépolis puede hacerte un rembolso si no te gustó la película que viste?
De acuerdo con el artículo 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), "todo bien o servicio que se ofrezca con garantía deberá sujetarse a lo dispuesto por esta ley y a lo pactado entre proveedores y consumidor".
"Para los efectos del párrafo anterior la garantía no podrá ser inferior a sesenta días contados a partir de la entrega del bien o la prestación total del servicio", puntualizó.